Las situaciones inverosímiles mientras conducimos no dejan ser cuestiones que suscitan polémicas discusiones, dudas generales e incluso tramites judiciales. Mas aún, cuando estas provocan accidentes y como consecuencia existen daños, tanto materiales como personales. Los casos mas recurrentes son protagonizados por los vehículos catalogados para emergencias(Policía, ambulancias, bomberos,etc…). Y ante la duda, debes saber que coches tienen siempre preferencia.
Sobre la preferencia y los vehículos

Hablar de preferencia de paso, supone establecer unas normas que condicionan el uso y acceso a los viales y carreteras. Primero, en función de las necesidades de la vía y su masificación en su prioridad. Y segundo, para no provocar un desajuste del trafico y garantizar la circulación segura y eficaz. Atendiendo a este principio las situaciones de preferencia se pueden dar en: Estrechamientos de la vía, obras, rotondas e intersecciones, en pendientes. Y en un capítulo especial, por actuación de los vehículos de emergencia. Estas últimas, pueden hacer variar las normas y necesitan de un comportamiento solidario y concebido al efecto, de trastornar la normalidad lo menos posible.
No obstante, la autoridad competente es la única que puede rescindir las señalizaciones de prioridad para los coches, en casos especiales que así lo requieran, como son los transportes especiales o condiciones especiales de la vía.
La ley y los vehículos preferentes en emergencias

La importancia de la prioridad en los coches de urgencia es cuestión vital. Son estos y sus conductores los protagonistas de muchas situaciones en las que la vida depende de su profesionalidad. Colaborar con ellos salva vidas, ante diversos escenarios; una ambulancia transportando herido, un camión de bomberos hacia un incendio, una persecución policial o urgencia, etc…
Por ello en su articulado la Ley de trafico determina: » Artículo 67. Vehículos prioritarios. » Tendrán prioridad de paso sobre los demás vehículos y otros usuarios de la vía los vehículos de servicios de urgencia, públicos o privados, cuando se hallen en servicio de tal carácter…» y también, » los conductores de los vehículos destinados a los referidos servicios harán uso ponderado de su régimen especial… hasta cerciorarse de que no existe riesgo de atropello a peatones y de que los conductores de otros vehículos han detenido su marcha o se disponen a facilitar la suya».
Los vehículos privados, son considerados cuando se empleen en un servicio de urgencia, como prioritarios. Igualmente obtienen la preferencia de paso con las medias de señalización al uso (batimiento de pañuelo blanco, toques de claxon y luces de emergencia).
A la practica y con tranquilidad en los coches

Los casos en que nos podemos encontrar con vehículos de emergencias en acción pueden ser múltiples y diversos. No obstante se pueden catalogar estadísticamente, tres escenarios tipo, en los que si debemos acreditar una conducta ejemplar y homogénea. Todo ello redundará en la mejora de resultados de la intervención del servicio de urgencias.
Como norma general y atendiendo al reglamento de circulación, debemos facilitar el paso de los vehículos de urgencia. Para ello será fundamental no obstruir la trayectoria y crear un paso libre para el acceso de los servicios.
En los cruces o intersecciones, si ves que se acerca un vehículo prioritario, aminora la velocidad y desplázate lo máximo posible al margen derecho. No te detengas en el cruce. Presta atención a los peatones, que también han de vigilar la situación.
En las glorietas, nunca cortes la trayectoria de un vehículo. Darás cuantas vueltas sean precisas, siempre indicando tus maniobras.
En atascos y retenciones de coches: Este caso suele ser el mas típico. Aquí habrás de tener en cuenta el tipo de vía y los carriles. En todas lo fundamental es crear un pasillo de acceso, pero dependiendo del numero de carriles tienes opciones;
- Un solo carril: desplázate al margen derecho.
- Dos carriles de igual sentido: deja libre el centro de la vía. Ve hacia la derecha si circulas por este carril y hacia la izquierda, si asi es.
- Tres carriles: intenta liberar el carril central, siempre sin realizar maniobras bruscas delante del coche en servicio.
Los conductores de los coches de urgencia
Un conductor en servicio de emergencias, salvo que este conduciendo un vehiculo de mas de 3500 Kgs, simplemente necesita el permiso tipo B vigente y la capacitación administrativa del servicio que presta (ambulancias/ATS, Policía/placa acreditativa oficial, etc…). Como tales y así lo determina la ley, están exentos de ella en el estricto cumplimiento del servicio y no fuera de él. No obstante la responsabilidad recae sobre el conductor al dejar de observar las indicaciones que si manifiesta el articulado del decreto ley. Así pues, el conductor del vehículo de urgencias es responsable del accidente, en el curso de sus funciones, siempre que; se demuestre la conducción bajo síntomas de bebidas alcohólicas y/o estupefacientes, no preste la necesaria atención en semáforos y señalizaciones de cruces y extralimite el uso del vehículo y sus funciones, en aquellos momentos donde su servicio concreto, no haya sido requerido.

































































































































































