Hay que tener en cuenta que los vehículos no van a poder rebasar la velocidad en unos 20 km/h en el caso de que quieran adelantar en vías que sean convencionales.
Esto es así debido a que se trata de una infracción que puede costar 100 euros y por ello la DGT estrena nueva multa en marzo. Que no te pille de sorpresa.
Hay que tener en cuenta que el pasado mes de diciembre el Congreso de los Diputados acabó aprobando de forma definitiva la modificación de la Ley de Tráfico.
¿Qué dice la DGT de la nueva multa?
Hay que mencionar que el nuevo texto normativo va a traer consigo una serie de reformar con respecto a una serie de temas que resultan polémicos.
Uno de estos temas según la Dirección General de Tráfico son los adelantamientos que se producen en la carretera que no serán como hasta el día de hoy eran.
Otras de las reformas guarda cierta referencia con el uso del teléfono móvil mientras el conductor se encuentra en el volante.
Pues bien, a partir del día 21 de marzo van a entrar en vigor unas sanciones totalmente nuevas que se van a explicar en este artículo.
Tenéis que tener claro que en las carreteras convencionales no se va a poder rebasar a partir de ya el límite de velocidad que está permitido, ni para realizar adelantamientos.
De hecho atrás quedó el famoso margen de los 20 km/h para realizar adelantamientos en las carreteras convencionales según datos aportados por la DGT.

Hablemos de las nuevas sanciones de la Dirección General de Tráfico
Os diremos que a partir del día 21 de marzo las sanciones por conducir con el teléfono móvil en la mano van a ir en aumento.
Se va a proceder a quitar una cantidad de 3 a 6 puntos y dará igual si el conductor se encuentra usando el móvil o no.
Pero, en el caso de que lo llegue a usar pero no lo tenga en las manos continuará de la siguiente forma: multa de 200 euros además de 3 puntos de sanción.
Con respecto al tema de los adelantamientos no solamente se deberá de tener en cuenta el no rebasar el límite de velocidad en las carreteras convencionales según la DGT.
Habrá que tener cuidado porque la multa por sobrepasar a los ciclistas sin una separación mínima de 1,5 metros será de pérdida de 4 a 6 puntos del carnet.
Otra de las multas que se va a añadir a la lista es la de incumplimiento de todas las obligaciones de los conductores de que se encuentre en todo momento en condiciones óptimas para controlar el vehículo.
Pues bien, se trata de una infracción que es leve y que podrá costarle al infractor hasta 100 euros.

Más multas nuevas de la mano de la DGT
Hay que tener en cuenta que si no se lleva el cinturón de seguridad puesto o el casco o la silla de retención infantil, a partir de ya los conductores posiblemente sufrirán pérdida de 4 puntos.
Esto va a conllevar de igual manera el hecho de que se lleve el móvil agarrado con el casco de la moto porque no se trata de un uso reglado del manos libres.
Con respecto al uso del casco deben de tener cierto cuidado aquellas personas que sean conductoras de patinetes eléctricos.
Esto es así porque ellos van a tener que hacer uso de forma obligatoria de dicho elemento de seguridad a partir de ahora.
Hay que tener en cuenta que suben de tres a cuatro los puntos que se llegan a desconectar por hacer uso o no hacerlo de una forma que resulte adecuada del cinturón de seguridad.
Se va a castigar con la detracción de unos 3 puntos la colocación dentro del vehículo de ciertos mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

Cuidado con tirar objetos a la vía: se sanciona aún más duro
Hay que tener mucho cuidado con esto debido a que se trata de una costumbre bastante mala que suelen llevar a cabo muchos conductores.
El hecho de tirar cualquier tipo de objeto a la carretera se comenzará a multar con unos 6 puntos del carnet de conducir además de 200 euros.
Aunque es cierto que suele ser un acto muy común en aquellas conductores que van fumando mientras conducen.
Tenemos que tener en cuenta que arrojar una colilla a la carretera tendrá, a partir de ahora, un castigo un tanto mayor y será aplicable a cualquier otro elemento.

No existe el margen de velocidad en las carreteras que son convencionales
En el momento en el que entre en vigor la ley, ningún conductor va a poder rebasar en 20 km/h los límites de velocidad que se encuentran establecidos para poder efectuar adelantamientos.
Esto ocurrirá en aquellas carreteras que sean convencionales y se debe a que la DGT ha llegado a considerar que hay adelantamientos que se producen de forma innecesaria.
Además de esto piensa que alguno adelantamientos por parte de los conductores se suelen realizar cuando no se debe y de esta forma provocan cientos de accidente y de muertes.


































































































































