Nuevas normas de la DGT en los adelantamientos: límites y prohibiciones que serán multa desde octubre

La reforma del Reglamento General de Circulación obliga a dejar 1,5 metros de distancia lateral y reducir 20 km/h al adelantar a ciclistas o vehículos detenidos. Las multas empiezan en octubre y pueden alcanzar los 200 euros.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto fecha a uno de los cambios más esperados —y más temidos— del Reglamento General de Circulación: a partir del 1 de octubre de 2026, adelantar en carretera convencional sin respetar las nuevas distancias y la reducción de velocidad obligatoria te saldrá por 200 euros. Es una de las muchas novedades que trae la reforma aprobada por el Consejo de Ministros y que ya está en el BOE.

Pero ojo: no se trata solo de ciclistas. La norma endurece también los adelantamientos a vehículos inmovilizados por accidente, avería o labores de emergencia. Aquí te cuento qué tienes que grabar para que no te pillen desprevenido.

Las dos cifras que todo conductor debe memorizar

La reforma introduce dos obligaciones concretas que, si las incumples, pueden costarte una multa de 200 euros:

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  • Distancia lateral mínima de 1,5 metros al adelantar a ciclistas, vehículos parados por accidente, avería, auxilio o mantenimiento, y también a cualquier vehículo que se encuentre inmovilizado por regulación del tráfico.
  • Reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía. Es decir, si la carretera tiene un límite de 90 km/h, deberás bajar a 70 km/h o menos mientras realizas la maniobra.

Según la DGT, esta doble exigencia se aplica de forma acumulativa: no basta con dejar el espacio, también hay que aminorar; y si no lo haces, la sanción económica está asegurada.

En carreteras con dos o más carriles por sentido, la norma es aún más clara: tendrás que cambiar completamente de carril para garantizar esos 1,5 metros de separación lateral con el ciclista o el vehículo detenido. Si no hay espacio suficiente para cambiar de carril, la maniobra queda prohibida.

Cómo te afectan estos cambios en la práctica

Esta reforma no es un consejo: es una obligación sancionable que entrará en vigor el 1 de octubre de 2026. A partir de esa fecha, cualquier conductor que adelante a un ciclista sin la distancia mínima o sin reducir la velocidad se enfrentará a 200 euros de multa. La DGT no ha detallado si esta infracción conllevará detracción de puntos, pero las conductas similares suelen calificarse como graves y pueden restar 4 puntos del carnet.

Además, la norma alcanza a todos los turismos, furgonetas y motocicletas que circulen por vías interurbanas. Los motoristas también deberán cumplirla, aunque el texto legal incluye algunas flexibilidades para ellos en entornos de tráfico denso, como la posibilidad de circular por el arcén a menos de 30 km/h cuando la señalización lo permita.

adelantar ciclistas
Es importante mantener una velocidad adecuada al adelantar a ciclistas | Fuente: propia / IA

Un detalle importante: la obligación de reducir 20 km/h respecto al límite de la vía se activa aunque la carretera esté vacía y la maniobra parezca segura. Es decir, no basta con tu criterio: la regla es fija.

1,5 metros de separación y 20 km/h menos: dos cifras que a partir de octubre pueden costarte 200 euros y puntos del carnet.

Esta no es la única novedad del Reglamento General de Circulación. La reforma, publicada ya en el BOE, incluye también la obligación de usar el cinturón para conductores profesionales (taxistas, repartidores, profesores de autoescuela) mientras estén en servicio, el uso obligatorio del casco y chaleco reflectante para usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), o la prohibición de pasar cuando la luz amarilla intermitente coincide con la verde peatonal. Pero si hay un cambio que pillará a la mayoría de conductores en su día a día, es el de los adelantamientos.

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Contexto: por qué la DGT endurece las normas ahora

La Dirección General de Tráfico lleva años buscando reducir la siniestralidad en carretera convencional, que concentra el mayor número de víctimas mortales. Los adelantamientos indebidos y la falta de espacio lateral con los ciclistas están detrás de un porcentaje significativo de atropellos graves. Con esta reforma, la DGT convierte en norma explícita lo que hasta ahora era solo una recomendación de la Guardia Civil de Tráfico y de las campañas de concienciación.

Otros países europeos, como Francia o Alemania, ya aplican distancias mínimas obligatorias de 1,5 metros desde hace años, con resultados de reducción de accidentes. España se suma ahora con un modelo similar, aunque con el añadido de la reducción de velocidad simultánea.

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¿Qué puedes hacer desde ya? Familiarizarte con la distancia visual: 1,5 metros es aproximadamente el ancho de un turismo medio. Cuando circules, empieza a calcular mentalmente ese margen. Y recuerda que, a partir de octubre, la multa no llegará con aviso: la Guardia Civil de Tráfico podrá sancionar estas conductas con controles específicos.

Claves de la Normativa

  • A quién afecta: todos los conductores de turismos, furgonetas y motocicletas que circulen por carreteras interurbanas, especialmente al adelantar a ciclistas o vehículos detenidos.
  • Cifras a tener en cuenta: 1,5 metros de distancia lateral mínima, reducción de al menos 20 km/h sobre el límite de la vía, multa de 200 euros y posible resta de 4 puntos del carnet.
  • Consejo para evitarlo: no te fíes solo de la vista: calcula el espacio con el coche de delante y baja la velocidad antes de iniciar la maniobra. Si no puedes garantizar la distancia, espera a un tramo más amplio o a un carril adicional.