Los límites de velocidad en España están establecidos para garantizar la seguridad vial y reducir el riesgo de accidentes. En autovías y autopistas, la máxima permitida para los turismos es de 120 km/h. Sin embargo, existe una excepción poco conocida que permite circular hasta los 150 km/h sin recibir una multa de la Guardia Civil.
Esta posibilidad está reservada a un tipo muy específico de vehículos que no pertenecen a los cuerpos de seguridad ni a los servicios de emergencia. Nos referimos a los vehículos de prueba, que cuentan con un permiso especial otorgado por la DGT. ¿No sabes qué es exactamente un vehículo de prueba? Pues en este artículo, te lo explicamos.
¿Qué es un vehículo de prueba o F.V.?

Los vehículos de prueba, o también conocidos como F.V. (fabricante de vehículos), son aquellos utilizados por las marcas de automóviles para llevar a cabo procesos de investigación y desarrollo. Se emplean en ensayos en vías públicas y cuentan con una autorización especial que les permite circular a velocidades superiores a las habituales.
Estos vehículos especiales se utilizan principalmente para probar nuevos modelos, realizar tests de seguridad o evaluar mejoras tecnológicas antes de lanzarlos al mercado. La posibilidad de circular a velocidades más altas de las establecidas por la normativa les permite simular escenarios reales con los que los clientes se podrían encontrar en la carretera.
Requisitos y distintivos especiales

Para que un coche sea considerado vehículo de prueba, debe llevar obligatoriamente el distintivo V-12, una placa roja con las letras F.V. que lo identifica como un coche de ensayo. La señalización debe estar visible en todo momento, para que la Guardia Civil pueda reconocerlo fácilmente y comprobar su validez.
Además de portar la identificación adecuada, los fabricantes deben solicitar un permiso específico a la Dirección General de Tráfico (DGT) con al menos 72 horas de antelación a la realización de las pruebas. En la solicitud, se debe detallar el itinerario previsto y justificar por qué motivo será necesario superar los límites de velocidad establecidos.
A 150 km/h y sin multa de la Guardia Civil

Los vehículos de prueba no pueden superar los 120 km/h de manera indiscriminada. Esta excepción a la normativa solo se puede aplicar en autopistas y autovías. En carreteras convencionales, travesías y zonas urbanas, queda totalmente prohibida. Además, si por algún motivo existe una limitación específica en la vía, este tipo de vehículos deberá respetarla.
Asimismo, también deben cumplir ciertos requisitos de seguridad. Por ejemplo, deben llevar instalados sistemas de frenado avanzados, y utilizar neumáticos especiales que sean capaces de soportar altas velocidades. La finalidad es garantizar que las pruebas se realicen en un entorno seguro y evitar accidentes en caso de imprevistos.
¿Qué conductores pueden manejar estos coches?

El conductor de un vehículo de prueba no puede ser cualquier persona que disponga de carnet de conducir. La normativa exige que sea un conductor profesional contratado por la empresa fabricante. Ello significa que tanto particulares como aficionados en ningún caso pueden beneficiarse de esta excepción.
Los conductores de este tipo de vehículos suelen ser pilotos de pruebas especializados, que cuentan con conocimientos avanzados en conducción de alto rendimiento y en reacción ante emergencias en la carretera. Cualquier incumplimiento de las normas puede conllevar sanciones graves de la Guardia Civil, que incluyen tanto multas económicas como la pérdida del permiso especial.
Diferencias con otros vehículos autorizados

Aunque los vehículos de prueba pueden alcanzar los 150 km/h, no son los únicos que pueden superar el límite general de 120 km/h. Los vehículos de emergencia, como por ejemplo las ambulancias, coches de bomberos y patrullas de la Policía y la Guardia Civil, también tienen permiso para circular a mayor velocidad en caso de que la situación lo requiera.
La gran diferencia con los vehículos de prueba es que los cuerpos de seguridad no necesitan solicitar una autorización previa para cada situación. En cambio, los F.V. sí deben contar con una aprobación específica para todas aquellas ocasiones en las que requieran superar el límite de velocidad máxima establecido por la DGT.
¿Pueden los particulares aprovechar esta norma?

A pesar de lo atractivo que pueda parecer circular a 150 km/h de manera legal, esta excepción en la circulación está claramente delimitada para el sector automovilístico. Los conductores particulares no pueden obtener un permiso similar ni utilizar el distintivo V-12, con las letras F.V., de manera fraudulenta.
Si un conductor intenta hacer pasar su vehículo por uno de prueba sin contar con la documentación adecuada, corre el riesgo de ser sancionado severamente por falsificación de señales y exceso de velocidad. La DGT y la Guardia Civil tienen mecanismos para verificar la autenticidad de estos permisos. Intentar burlar la norma no es la idea más inteligente.








































































































































































































