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La DGT avisa de la multa más habitual en verano y que cuesta 500 euros y 6 puntos

La DGT es consciente de que los meses de verano conllevan una serie de transformaciones en las carreteras, desde las caóticas «operaciones salida», hasta el incremento en la presencia de motocicletas. Sin embargo, un aspecto que a menudo pasa desapercibido es la sanción por el uso inapropiado de prendas de vestir y calzado característicos de la temporada.

Esta infracción, que ocurre con mayor frecuencia durante los meses de buen clima, ha sido resaltada por la Dirección General de Tráfico (DGT) como merecedora de una multa que puede ascender a 500 euros, además de la pérdida de seis puntos en el carnet de conducir.

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Fumar al volante: abierto a interpretación por parte de la DGT

Esta acción es la que la DGT quiere evitar en un futuro a base de nuevas multas

En medio de las incertidumbres que los conductores españoles enfrentan durante el verano, surge una pregunta recurrente: ¿puede sancionarse fumar mientras se conduce? La respuesta es más matizada de lo que parece. En la actualidad, no existe una normativa expresa que prohíba fumar mientras se maneja un vehículo. Sin embargo, las distracciones derivadas de esta acción pueden ser consideradas por los agentes como una conducta imprudente al volante.

El Reglamento General de Circulación, en sus artículos 3 y 18, no establece una prohibición específica de fumar mientras se conduce. No obstante, si un agente de tráfico percibe que fumar distrae al conductor y que sostener un cigarrillo afecta su capacidad de maniobra, puede imponer una sanción monetaria de 200 euros. No obstante, la verdadera advertencia de la DGT recae en una práctica aún más peligrosa: arrojar la colilla por la ventana. Esta acción no solo compromete la seguridad vial, sino que también aumenta el riesgo de incendios y contribuye a la contaminación de las vías. En este caso, la multa puede elevarse hasta 500 euros, además de la retirada de seis puntos en el carnet.

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