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Conducir con tacones: ¿Te puede multar la DGT?

Una manía que parece entrar en la jurisdicción más personal. Porque esto, a fin de cuentas, parece un tema de comodidad, de elección individual, de priorizar el confort a la hora de conducir… ¿Tacones sí o no? Esta es, quizá, una de esas preguntas difíciles de responder porque, si lo has buscado, verás que no está prohibido de manera expresa en el reglamento.

Algunas se apañan mejor, a otras ni se les pasaría por la cabeza, pero lo que es cierto es que este tema va mucho más allá de la comodidad, las preferencias, gustos o apetencias… es un asunto de seguridad. Aunque la legislación no sea muy clara en la pregunta concreta de los tacones, sí lo es en cuanto a seguridad se refiere y aquí es donde pueden llegar los problemas en alguno de tus viajes.

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No me pises que llevo chanclas

Conducir con tacones, con chanclas, descalzo o con cualquier zapato no adecuado es absolutamente sancionable. De hecho, en verano se incrementan mucho las multas precisamente, en parte, porque la gente va más con chanclas. Los artículos del reglamento de circulación mencionados antes se aplican a todas estas situaciones, que pueden entrañar en sí mismas un peligro subyacente… ¡Incluso conducir sin camiseta puede conllevar multa!

Ten siempre presente que al no llevar la correcta vestimenta el conductor no tiene un control total de sus movimientos. Te podrán sancionar en base a esto porque estimarán que no podrás prestar atención plena a la conducción, que es lo único prioritario.