Cómo recurrir una multa de hasta 900 euros por no identificar al conductor

La DGT puede triplicar la sanción si no identificas al conductor en 20 días, pero hay casos en los que sí es posible recurrir y evitar pagar hasta 900 euros.

Una multa de 300 euros por velocidad puede convertirse en 900 si la DGT te pide identificar al conductor y no respondes a tiempo. Y no, no vale con pensar ‘ya lo haré luego’. 20 días naturales es todo lo que tienes. Pero aquí viene lo que muchos no saben: en varios casos esa sanción se puede recurrir y ganar. Te lo cuento.

La obligación de identificar al conductor surge cuando una infracción detectada por radar, cámara o agente no permite ver quién iba al volante. La Administración envía un requerimiento al titular del coche. Y aquí empieza el baile: si la infracción original era grave con pérdida de puntos o muy grave, estás legalmente obligado a decir quién conducía. Si no, te cae otra multa. Y gorda.

¿Por qué te llega esta multa (y cuánto duele)?

Cuando un radar te caza o un agente ve una infracción sin poder identificar al conductor, la DGT o el ayuntamiento mandan un escrito al titular del vehículo: ‘dime quién iba al volante’. Para infracciones leves o graves sin puntos, no estás obligado a responder, aunque hacerlo suele resolvérselo antes. El problema se dispara si la infracción original conlleva retirada de puntos —exceso de velocidad grave, alcoholemia, móvil al volante—. Ahí sí estás obligado por ley a identificar al conductor. Si no lo haces en 20 días, se abre un nuevo expediente y la multa se multiplica.

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La sanción por no identificar es el doble del importe de la multa original si era leve, y el triple si era grave o muy grave. Así, una infracción de 300 euros se convierte en 900. Y sin descuento por pronto pago. Pero no te quita puntos, al menos eso.

Ojo: 900 euros no es calderilla.

Casos en los que puedes recurrir y ganar la partida

No todas las multas por no identificar al conductor son firmes. Hay varios escenarios en los que las alegaciones funcionan, especialmente si tienes pruebas. Los detallo en esta lista:

  • Vendiste el coche antes de la infracción. Si entregaste el vehículo y la transferencia aún no estaba formalizada en Tráfico, presenta el contrato de compraventa o el justificante de la gestoría.
  • La notificación no te llegó correctamente. Si el requerimiento se envió a una dirección antigua o nunca apareció en tu buzón electrónico, puede haber un defecto de forma que invalide el procedimiento.
  • Hay errores en los datos: matrícula mal escrita, DNI incorrecto, fecha equivocada… Cualquier fallo administrativo es munición para tu recurso.
  • La foto del radar es un borrón. Si la imagen no deja ver quién conduce, no anula tu obligación de identificar, pero sí puede reforzar tus argumentos defensivos si además hay dudas sobre la infracción en sí.
  • Identificaste al conductor a tiempo pero la Administración no lo registró. Aquí la clave es conservar el justificante de presentación, porque te salvará.
  • Era imposible saber quién conducía. Con varios conductores habituales del mismo coche y sin certeza de quién iba ese día, algunos jueces han anulado estas multas, aunque exigen pruebas sólidas.

Como ves, el margen existe. Pero necesitas actuar rápido y con documentación.

Conductor recibe multa
Fuente propia/IA

Cómo recurrir la multa paso a paso

Una vez tengas claro que tienes motivos, el siguiente movimiento es presentar alegaciones. Sigue estos pasos y no te saltes ninguno.

  • Revisa la notificación: fíjate en qué organismo la emite, cuándo se notificó y cuál era la infracción original. Asegúrate de que el requerimiento de identificación se hizo dentro de los plazos legales.
  • Busca errores: repasa matrícula, nombre, dirección, fechas. Un fallo tonto puede tumbar la multa.
  • Reúne pruebas: contrato de compraventa si vendiste el coche, justificantes de trámites, capturas de pantalla de gestiones online, cualquier papel que demuestre tu versión.
  • Redacta y presenta alegaciones: explica con claridad qué pasó y adjunta las pruebas. Hazlo dentro del plazo que indica la notificación (normalmente 15-20 días). Guarda el resguardo de presentación, es tu seguro de de vida.
  • Si te deniegan las alegaciones, aún puedes interponer un recurso de reposición o acudir a la vía contencioso-administrativa, aunque esto ya es más lento y caro. Valora si merece la pena.

Y recuerda: cuanto más tiempo dejes pasar, más difícil será defenderte. Si sospechas que tienes una multa pendiente, comprueba tus notificaciones en la Dirección Electrónica Vial o con la matrícula en la web de la DGT. No dejes que 900 euros te pillen desprevenido.

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Información útil para el conductor

  • Base legal: Artículo 9 bis del Real Decreto Legislativo 6/2015 (Ley de Tráfico), que regula la obligación de identificar al conductor en infracciones con pérdida de puntos.
  • Sanción: Doble del importe si la infracción original era leve, triple si era grave o muy grave; sin descuento por pronto pago.
  • Plazo para identificar: 20 días naturales desde la recepción del requerimiento.
  • Consejo de Motor16: Si vendiste el coche, formaliza la transferencia cuanto antes y guarda copia del contrato. El papel te salva.
  • Curiosidad: En países como Francia, la obligación de identificar al conductor es aún más estricta y puede conllevar responsabilidad penal en determinados casos.