La multa de 200 euros (que se queda en 100 euros con pronto pago) por circular con la ITV caducada es una de las sanciones más temidas. Pero la Dirección General de Tráfico también la impone a coches aparcados. Una sentencia reciente del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Oviedo ha anulado una de estas multas porque el vehículo no estaba en movimiento, abriendo la puerta a que miles de conductores puedan recurrir. Te contamos cómo.
El fallo judicial que cambia las reglas en Oviedo
El 15 de septiembre de 2025, el magistrado titular de ese juzgado estimó el recurso presentado por Fran Suárez, miembro del Colectivo 1M, contra una sanción de 200 euros impuesta por la DGT a raíz de una denuncia de la Policía Local. El motivo: su furgoneta estaba aparcada con la ITV caducada, sin haber circulado.
La sentencia subraya que sancionar un vehículo inmóvil “carece de cobertura legal” y vulnera el principio de tipicidad del artículo 25.1 de la Constitución. Es decir, no se puede castigar una conducta que no esté expresamente recogida como infracción en la normativa de tráfico. Hasta ese momento, la Policía Local de Oviedo mantenía el criterio de que la simple caducidad de la inspección bastaba para multar, incluso sin movimiento. El fallo lo desautoriza.
El recurrente, que renovaba la ITV cada seis meses para una furgoneta que apenas movía, llevó el caso hasta las últimas consecuencias. “Era algo absolutamente injusto y desproporcionado”, señaló. Ahora la resolución judicial marca un antes y un después en la capital asturiana, donde se estaban imponiendo sanciones sin base legal.
Cómo recurrir una multa por ITV caducada si el coche no circulaba

Si te llega una notificación similar, el proceso de recurso es sencillo y no tiene coste en vía administrativa. Sigue estos pasos:
- Comprueba siempre el estado del vehículo en el momento de la denuncia. Si el agente solo anotó la caducidad sin indicar que circulaba, tienes un punto fuerte. Incluso si afirmas que estaba estacionado, puedes acreditarlo.
- Reúne pruebas: fotografías del coche aparcado (con metadatos de fecha), ticket de un parking público o privado, declaración de testigos o la ubicación captada por el GPS de la denuncia si aparece. Cuanta más documentación aportes, más sólido será el recurso.
- Presenta alegaciones en el plazo de 20 días naturales desde que recibes la notificación. El escrito debe argumentar que el vehículo no circulaba y que la sanción carece de cobertura legal, citando el principio de tipicidad y la jurisprudencia ya existente (puedes mencionar la sentencia de Oviedo como precedente).
- Si la Administración desestima el recurso, puedes interponer un recurso contencioso-administrativo. En ese caso, sí necesitarás abogado y procurador, con un coste que suele oscilar entre 200 y 500 euros, aunque es frecuente que se recuperen las costas si ganas.
La simple presencia de un coche aparcado con la pegatina de la ITV vencida no es suficiente para imponer una sanción de tráfico.
¿Qué dice la ley y qué debes saber para evitar la sanción?
El Reglamento General de Circulación sanciona circular con la ITV caducada, no el mero hecho de tenerla vencida mientras el vehículo permanece estacionado. La DGT aplica habitualmente una multa de 200 euros (reducible a 100 euros por pronto pago) sin pérdida de puntos, y el agente puede inmovilizar el coche si considera que hay riesgo para la seguridad vial. Sin embargo, si el coche no se ha movido, no existe infracción.
El juzgado ovetense insiste en que la Administración no puede interpretar extensivamente las normas sancionadoras. Por tanto, cualquier multa impuesta a un vehículo parado con la ITV caducada es susceptible de ser anulada. Eso sí, recuerda que circular hacia el taller de inspección con cita previa no te exime de la sanción si te paran en el trayecto. Si quieres evitar riesgos, lo recomendable es pasar la ITV antes de que caduque y, si ya ha vencido, solo mover el coche en grúa o con un seguro que cubra el traslado hasta la estación.
En definitiva, la sentencia de Oviedo demuestra que el bolsillo y la seguridad jurídica del conductor pueden prevalecer frente a prácticas sancionadoras sin base legal. Si tienes un expediente de este tipo, no te conformes: recurre.

