La señal falsa de 70 km/h junto al radar que deja 400 multas: clave para recurrirlas

En Haldensleben (Alemania) alguien cambió la señal de 50 por una falsa de 70 junto a un radar y el ayuntamiento anuló casi 400 multas de esos tres días. En España nada se revisa de oficio: la alegación por señalización incorrecta hay que presentarla en 20 días naturales.

Una señal falsa de 70 km/h colocada junto a un radar fijo bastó para que casi 400 conductores acabaran multados en tres días. Pasó en Alemania, pero la pregunta que te interesa es otra: si la señalización de una vía está manipulada o es incorrecta, ¿puedes tumbar la multa? La respuesta es sí, y ocurre más veces de las que imaginas.

El episodio deja una lección que sirve para cualquier carretera española. Un desconocido sustituyó la señal original de 50 km/h por otra que marcaba 70 km/h, indistinguible a simple vista de una auténtica. Y la colocó justo al lado de un radar fijo.

Durante tres días nadie detectó la trampa, tampoco los servicios municipales. Lo que encendió las alarmas fue el registro del propio cinemómetro, el aparato que mide la velocidad, con un volumen de infracciones fuera de lo normal en un punto tranquilo.

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Pisar el radar por culpa de una señal manipulada no te convierte en infractor: te da argumentos, siempre que los presentes dentro de plazo.

Qué pasó junto al radar: tres días y casi 400 multas

El escenario fue Haldensleben, una localidad del estado alemán de Sajonia-Anhalt. Entre el 4 y el 6 de septiembre, el radar situado junto a la señal manipulada disparó cientos de fotografías. Después, el ayuntamiento anuló todas las sanciones de esos tres días, incluida la de quienes circulaban por encima de los 70 km/h que marcaba la señal falsa.

Ese perdón colectivo no llega por defecto en España. Aquí la regla es la contraria: la Administración no revisa de oficio una multa porque alguien haya retorcido la señalización. Y la policía sigue buscando al responsable de la sustitución, que se enfrenta a algo más serio que una sanción administrativa.

Paso a paso, cómo hacerlo

El procedimiento es tasado y los plazos no perdonan, así que el orden importa.

PasoQué hacerDetalle clave
1Reunir la prueba sobre el terrenoVuelve al punto y fotografía con fecha la señal y el radar. Busca testigos o indicios de manipulación.
2Presentar alegaciones en plazoTienes 20 días naturales desde la notificación. Sostén que el límite señalizado no era el real.
3Recurrir si la multa se confirmaRecurso de reposición ante el órgano sancionador en un mes y, después, vía contencioso-administrativa.

Y ojo con el detalle que arruina más recursos de los que parece: pagar con descuento y alegar son caminos incompatibles. El pronto pago rebaja la multa a la mitad, pero cierra la puerta a discutirla.

Cuánto cuesta en euros y cuántos puntos pierdes

Un exceso de velocidad es siempre una infracción grave. En el caso alemán, circular a 70 km/h donde el límite real era de 50 significa pasarse 20 km/h. En España, ese escalón arranca en 100 euros de multa, que se quedan en 50 euros si pagas en los 20 días siguientes a la notificación.

A partir de ahí, la horquilla sube tramo a tramo hasta los 600 euros y hasta 6 puntos del carnet. Y hay un salto que conviene tener grabado: superar en 60 km/h el límite en vía urbana o en 80 km/h en interurbana deja de ser una multa administrativa y pasa a ser un delito contra la seguridad vial.

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Qué dice la norma y por qué tu alegación tiene base

El Reglamento General de Circulación obliga al conductor a obedecer las señales que ordenan la vía, y la Ley sobre Tráfico castiga el exceso de velocidad con independencia de lo que el conductor creyera estar haciendo. La obligación de respetar el límite no se esfuma porque la señal esté mal puesta.

Pero el procedimiento sancionador tiene otra pata, y es la que juega a tu favor. La multa solo se sostiene si quedan acreditados el hecho y su tipificación. Cuando la señalización de un tramo es contradictoria, está manipulada o no se ve, el exceso imputado pierde consistencia como infracción consciente. La legislación consolidada en el BOE exige además que la Administración motive los hechos y garantice la defensa del interesado antes de resolver.

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La segunda clave es tuya: la prueba. Un recurso sin imágenes, sin testigos y sin referencias del tramo es un recurso perdido. Vuelve al punto, fotografía la señal y el radar, y guarda cualquier indicio de que el cartel no era el oficial. Si tu caso se parece al de Haldensleben, esa fotografía con fecha es tu mejor arma.

Y un consejo de asesor: si el exceso existió de verdad, el pronto pago sale más barato que un contencioso. Guarda el esfuerzo para los casos en los que la señalización sea el núcleo del problema.

Conviene saber, además, qué se juega quien manipula una señal. En España, alterar o anular la señalización de una vía no es una gamberrada sin consecuencias: el artículo 385 del Código Penal castiga estas conductas cuando generan un riesgo grave para la circulación, con penas que pueden llegar a la prisión. Los trámites y los plazos de alegación se consultan en la información oficial de la DGT.

El ayuntamiento alemán zanjó el asunto anulando las multas de esos tres días. En España ese final es excepcional, porque aquí el sistema no se autocorrige: se corrige cuando el conductor reclama. Las señales robadas, los paneles de obra que nadie retira o los límites variables mal configurados seguirán generando sanciones mientras nadie las discuta.

Ficha de la Multa

  • A quién afecta: a cualquier conductor sancionado por un radar en un tramo con señalización manipulada, contradictoria, oculta o mal configurada.
  • Cifras a tener en cuenta: multa de 100 a 600 euros según el exceso, la mitad con pronto pago en 20 días naturales, hasta 6 puntos del carnet y 20 días naturales para alegar.
  • Consejo para evitarlo: fotografía la señal y el radar con fecha, guarda la notificación y decide rápido: o pagas con descuento o alegas, nunca las dos cosas.