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Guardar una plaza de aparcamiento: ¿Te pueden multar?

Guardar plaza de aparcamiento es una de las triquiñuelas más habituales de los conductores. En determinadas horas punta y ciñéndonos siempre a las ciudades, hasta un 35% del tráfico está buscando aparcamiento.

Obviamente en el código de circulación no existe ningún capítulo dedicado a esta situación. Pero es cierto que como bien dice el derecho hay que ceñirse a la costumbre y a lo razonable en muchas situaciones no tipificadas, tal y cómo es el caso de esto.

Si vamos al código de circulación, Ley de Tráfico, la persona que está guardando el sitio puede que incurra en una infracción que se acompaña de una multa. No por el hecho en sí de guardar la plaza de garaje, sino por permanecer en mitad de la calzada. La Ley de Tráfico y Seguridad Vial especifica que mientras haya refugio, está prohibido que un peatón permanezca en la calzada. Esto supone que la persona que está de pie en mitad de la plaza reservando la plaza puede ser multada con hasta 80 euros de sanción.

Una sanción absolutamente justa y a la que tendrá que hacer frente tan pronto como le vea algún agente de la autoridad.