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DGT: seis casos en los que adelantar puede costarte una multa

Ha llegado un verano verano muy especial y lo van a experimentar en sus propias carnes decenas de millones de españoles que van a participar en la operación salida durante julio y agosto. Va a ser el primer verano sin restricciones relacionadas con la pandemia… y quizás es fácil de adelantar que esta circunstancia hará que ciertas infracciones potenciales pillen desguarnecidos a los conductores.

Para evitar que te cojan a pie cambiado tras estar un tanto oxidado a la hora de viajar, vamos a repasar. Ante todo hay que respetar los límites de velocidad. Si no hay señales que indiquen lo contrario, 120 kilómetros por hora es el límite en autopistas, autovías y carreteras con arcén de más de metro y medio y 90 en las que no cumplan este último requisito. Pero eso no es todo: para adelantar también hay que tener mucho cuidado porque no siempre es posible.

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No se puede adelantar en: curvas o cambios de rasante sin visibilidad

carretera

El Reglamento de Circulación, en su Artículo 87, especifica claramente que en carreteras convencionales no se debe adelantar “en las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y en todo lugar en que la visibilidad disponible no sea suficiente para hacer la maniobra o desistir de ella una vez iniciada” a no ser, matiza, “que los dos sentidos de la circulación estén claramente delimitados y la maniobra pueda hacerse sin invadir la zona del sentido contrario”.