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¿Se puede circular a 150 km/h sin que te multen? La DGT explica cómo hacerlo

Una norma en el Reglamento General de Vehículos, permite a la DGT que preste autorizaciones temporales para rebasar los limites de velocidad genéricos.

Expresamente los fabricantes y sectores afines, como laboratorios de pruebas, previa autorización de la DGT pueden ensayar e investigar sobre los excesos de velocidad, en carreteras convencionales, lo que les permitiría a sus conductores, circular a 150 kms/h sin ser multados.

Necesidades científicas y de ensayo

Velocidad para pruebas y ensayos permitida

Sin embargo, para los fabricantes en ocasiones es necesario realizar pruebas de ensayo, enfocadas científicamente a la observación de errores, y estas se han de llevar a cabo fuera del laboratorio, para lo que se necesitan escenarios reales, o simplemente trasladar sus vehículos a distintas provincias, comunidades o paises.

Es aquí donde la DGT, y amparada en lo que establece el REG de Vehículos, puede autorizar a los investigadores a que en carreteras convencionales circulen sobrepasando los limites de velocidad establecidos. Pero, ¿ en que condiciones, en cuanta velocidad, durante cuanto tiempo y quienes pueden conducir a esa velocidades?.