La DGT permitirá a las motos circular por el arcén en atascos y a 30 km/h

El nuevo Reglamento General de Circulación añadirá un punto al artículo 36 para que las motocicletas puedan usar el arcén derecho en retenciones. Eso sí, tendrán que respetar a las bicicletas y no superar los 30 kilómetros por hora.

Poder esquivar un atasco subido a la moto sin jugarte una multa de 200 euros está más cerca que nunca. La DGT tiene previsto modificar el Reglamento General de Circulación para permitir que las motocicletas circulen por el arcén cuando el tráfico se atasque, siempre que lo hagan a menos de 30 km/h y sin poner en peligro a ciclistas y vehículos obligados a usar esa zona.

Lo que dice hoy la ley: prohibido salvo emergencia

A día de hoy, el artículo 36 del Reglamento General de Circulación es tajante: los arcenes no son para las motos, salvo que tengas una avería o una emergencia. Si tu moto se avería y aún puedes circular, puedes usar el arcén derecho con las luces de emergencia puestas y a velocidad anormalmente reducida, solo hasta que puedas detenerte con seguridad. En autopista, además, debes salir en la primera salida. Pero usarlo para esquivar un atasco o adelantar está considerado una infracción grave. La multa, hoy por hoy, asciende a 200 euros y no resta puntos, a no ser que la maniobra se considere temeraria.

Los únicos vehículos que sí están obligados a circular por el arcén cuando existe son los de tracción animal, las bicicletas y ciclomotores, los vehículos especiales de menos de 3.500 kilos y los destinados al seguimiento de ciclistas. Las motos, de momento, no entran en esa lista.

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El cambio que prepara Tráfico: 30 km/h y respeto absoluto a las bicis

La Dirección General de Tráfico lo ha repetido en varias ocasiones, incluso en redes sociales: quiere incluir un nuevo apartado en el artículo 36 para que las motos puedan utilizar el arcén de la derecha cuando haya retenciones circulatorias. La condición principal es que no se superen los 30 kilómetros por hora. Además, el motorista tendrá que ceder el paso a los vehículos que sí están obligados a circular por el arcén, en especial a las bicicletas, que suelen ser las más vulnerables.

Esta medida, que la DGT encuadra dentro de su apuesta por una movilidad más fluida y segura para los motoristas, llevaba tiempo reclamada por asociaciones y clubes de moteros. Según explican desde Tráfico, no se trata de convertir los arcenes en un carril para motos, sino de dar una solución ordenada cuando el tráfico se para. La fecha exacta de entrada en vigor aún no está confirmada, pero fuentes del organismo apuntan a que el nuevo Reglamento General de Circulación verá la luz a lo largo de 2026, probablemente después del verano. Hasta entonces, lo que hagas sobre el arcén con tu moto sigue estando prohibido.

Casi nada.

Y es que la medida, de aprobarse, tiene sus matices. No será un cheque en blanco para que las motos circulen a toda pastilla por el arcén; el límite de 30 km/h es estricto y las bicicletas siempre tendrán prioridad. De hecho, cualquier infracción de estas condiciones supondrá la misma multa que actualmente se aplica por usar el arcén de forma irregular, 200 euros. La DGT insiste en que la medida busca reducir los atropellos por alcance en retenciones, uno de los accidentes más comunes de los motoristas en vías rápidas.

¿En qué tipo de vías se podrá usar? La modificación no distingue: el arcén derecho de cualquier carretera, incluida autopista y autovía, siempre que exista arcén y se den las condiciones de retención circulatoria. Eso sí, solo se permitirá circular por él, no adelantar a un vehículo en movimiento. La maniobra consistirá en una circulación continuada, sin zigzagueos, y con los intermitentes puestos si fuera necesario señalizar el cambio de trayectoria.

No obstante, usar el arcén no es tan inocuo como parece. En muchas vías, el arcén acumula suciedad, restos de neumáticos o gravilla que pueden hacer perder el control. La DGT avisa de que, incluso con la nueva norma, habrá que extremar la precaución y, si el estado del arcén no es el adecuado, es preferible permanecer en el carril.

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Y recuerda: la prioridad de las bicicletas es total. Si te encuentras con un grupo de ciclistas en el arcén, tendrás que esperar detrás o, si la situación lo permite, adelantarlos con seguridad, pero nunca invadir su espacio.

Información útil para el conductor

  • Base legal: Artículo 36 del Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003), que se modificará para añadir el uso del arcén por motocicletas en retenciones.
  • Sanción actual: Circular indebidamente por el arcén con una moto conlleva una multa de 200 euros, sin pérdida de puntos, salvo conducción temeraria. Tras la reforma, no hacerlo correctamente (superar 30 km/h, no respetar a bicis) podría acarrear la misma sanción.
  • Consejo de Motor16: Hasta que el cambio se publique en el BOE y entre en vigor, no uses el arcén para adelantar en atascos. Si la reforma se aprueba, mantén siempre los 30 km/h, mira bien los espejos antes de invadir el arcén y extrema la precaución con los ciclistas.
  • Curiosidad: En otros países europeos, como Francia o Bélgica, ya se permite el “filtrado” entre carriles (no por el arcén, sino entre los dos carriles) en determinadas circunstancias. España, con esta medida, da un paso intermedio enfocado únicamente al arcén derecho en retenciones, no al “carril bici” entre coches.