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El aviso de la DGT a los conductores que usan lentillas o gafas

La nueva Ley de Tráfico lleva ya unas semanas vigente y todos los conductores somos conscientes de las últimas sanciones que conllevan las renovadas normativas. Sin embargo, no tienes que olvidarte de otras que siguen vigentes y que te pueden costar un disgusto de cara al bolsillo si te ‘pillan’. Conducir con gafas o lentillas puede ser una de ellas. Te adelantamos el aviso de la DGT a los conductores que usan gafas o lentillas al volante.

Infracción grave y multa de 200 euros

Puede darse el caso que sólo tengas el permiso 01 y vayas con lentillas. En este caso, como en el hecho de no llevar puestas las gafas, se considera una infracción grave y la multa será de 200 euros. Si te llevas puesta la ‘receta’ podrás beneficiarte de una reducción de la cuantía al 50 por ciento si la abonas antes de 15 días. Y no tendrás pérdida de puntos en el carné de conducir.

Revisión de la vista

Para evitar sobresaltos lo mejor es actualizar los datos en tu documentación. Debes hacerlo en un centro de reconocimiento médico o psicotécnico que esté homologado por la Dirección General de Tráfico. Si al realizar la revisión oportuna (suele ser cada 10 años salvo en los conductores de más edad o con alguna deficiencia crónica) te detectan miopía, vista cansada o cualquier defecto visual, inmediatamente lo comunicarán para que figure en el renovado carné y puedas conducir con gafas o lentillas.

Si te pones lentillas después de la renovación debes actualizarlo en su momento para evitar problemas. Algo similar ocurre si te has sometido a una operación para corregir alguna anomalía de la vista, ya que los agentes se guiarán por lo que vean en el carné y actuarán en consecuencia. En cualquier caso es bueno que lleves algún tipo de justificante al respecto.