La nueva norma del RGC que obliga a adelantar 20 km/h más despacio en autovía desde el 1 de octubre

La reforma del Reglamento de Circulación fija además una separación lateral mínima de 1,5 metros con el vehículo averiado. La multa por no cumplirlo será de 200 euros, sin pérdida de puntos.

Desde el 1 de octubre adelantar a un coche averiado en autovía te obligará a ir 20 km/h más despacio. La reforma del Reglamento General de Circulación convierte en norma concreta lo que antes era una recomendación genérica de prudencia.

El cambio llega con el Real Decreto 518/2026 publicado en el BOE, aprobado en junio en el Consejo de Ministros y con entrada en vigor el 1 de octubre. Modifica el artículo 88 del Reglamento General de Circulación para proteger a los ocupantes de un vehículo averiado, a los operarios de conservación y a los agentes que trabajan en la calzada.

Qué cambia exactamente desde el 1 de octubre

A partir de esa fecha, cuando rebases a un vehículo inmovilizado por avería o accidente, o a un vehículo de mantenimiento, auxilio o regulación del tráfico que ocupe parte del carril, tendrás que cumplir dos obligaciones. La primera, mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros, aunque tengas que invadir el carril contrario. La segunda, reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite vigente en la vía.

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No es una recomendación. El nuevo texto fija un límite concreto:

  • En autopista con límite de 120 km/h, adelanta a 100 km/h.
  • En un tramo limitado a 80 km/h, reduce a 60 km/h.
  • En carretera convencional con límite genérico de 90 km/h, rebasa a 70 km/h.
  • En una zona limitada a 70 km/h, circula a 50 km/h.

El Real Decreto no deja margen a la interpretación. Bajar 20 km/h es el mínimo exigible, y la separación de 1,5 metros se mide desde el punto más saliente de tu vehículo hasta el del vehículo detenido.

La norma equipara estos vehículos a los ciclistas en lo relativo al adelantamiento. La diferencia es que, en este caso, no se pierden puntos del carnet.

Cuánto cuesta saltarse la norma: 200 euros y cero puntos

Incumplir estas obligaciones se considera infracción grave según el Reglamento General de Circulación. La sanción es de 200 euros, que se quedan en 100 euros si pagas en los 20 días siguientes a la notificación, como sucede con la mayoría de multas de la DGT. No conlleva detracción de puntos, a diferencia de lo que ocurre con los adelantamientos indebidos a ciclistas.

Ojo al detalle: si aprovechas el pronto pago, renuncias a alegar. Si crees que la multa es injusta, tienes 20 días para presentar recurso, pero entonces pagarás el importe íntegro si no prospera.

La Guardia Civil de Tráfico podrá comprobar tanto la reducción de velocidad como la separación lateral. En controles con radar o desde el aire, el margen es estrecho: no basta con levantar el pie un instante.

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Por qué llega esta medida y qué hay que vigilar en la carretera

El contexto lo explica todo. Los atropellos en carretera han repuntado este verano, con 26 personas fallecidas, tres más que el año pasado. De ellas, 14 perdieron la vida en autovías y autopistas y 12 en carreteras convencionales. Una de las víctimas era un operario de conservación de carreteras.

Hasta ahora, el artículo 88 del Reglamento General de Circulación se limitaba a exigir precaución al rebasar a vehículos inmovilizados. La reforma lo hace medible: fija una distancia lateral mínima y una reducción de velocidad concreta. Eso facilita la denuncia y deja claro qué espera la Guardia Civil de Tráfico.

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La DGT lleva meses insistiendo en la protección de los usuarios vulnerables. Esta norma traslada a los vehículos averiados el mismo criterio que ya se aplica a los ciclistas: si hay personas cerca de la calzada, hay que frenar y dejar espacio.

La reforma no acaba aquí: también refuerza la protección de ciclistas, que desde la misma fecha tendrán garantizados los 1,5 metros y los 20 km/h menos al ser adelantados.

Levanta el pie antes de llegar al vehículo averiado: la multa de 200 euros no perdona el despiste.

El consejo es claro: cuando veas un coche parado con las luces de emergencia, empieza a reducir antes de llegar a su altura. No esperes al último momento. Mira si hay personas, operarios o agentes en los alrededores y deja al menos metro y medio de margen.

Apúntate la fecha: el 1 de octubre entra en vigor. A partir de ese día, si no levantas el pie, te expones a una multa de 200 euros.

Claves de la Normativa

  • A quién afecta: conductores que rebasen a vehículos averiados, accidentados, de mantenimiento, auxilio o regulación del tráfico en vías interurbanas.
  • Cifras a tener en cuenta: 20 km/h menos, 1,5 metros de separación, 200 euros de multa (100 con pronto pago) y 0 puntos.
  • Consejo para evitarlo: reduce con antelación, observa si hay personas en la calzada y mantén la separación lateral aunque tengas que invadir el carril contrario.