El seguro obligatorio del patinete eléctrico ya es un requisito para circular por vía pública en España. La Dirección General de Tráfico define el vehículo de movilidad personal (VMP) como un vehículo de una o más ruedas, con una única plaza y motor eléctrico cuya velocidad máxima se sitúa entre 6 y 25 km/h.
El Real Decreto 52/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 30 de enero de 2026, establece que todo patinete debe contar con un certificado de inscripción en el Registro de Vehículos Personales Ligeros y con una etiqueta identificativa. El seguro de responsabilidad civil forma parte del equipamiento obligatorio, junto con el sistema de frenado, el timbre y las luces reflectantes delanteras y traseras.
Qué exige la DGT para circular sin problemas
La normativa mantiene las reglas básicas de circulación que ya se aplicaban a los VMP. Está prohibido circular por aceras, zonas peatonales, autopistas, autovías, vías interurbanas y túneles urbanos, y la velocidad debe permanecer entre 6 y 25 km/h. Tampoco se permite conducir con alcohol o drogas, usar auriculares o el móvil, ni llevar más de una persona por vehículo.
El casco es obligatorio para todos los usuarios, y cada ayuntamiento puede regular las vías autorizadas mediante ordenanza municipal. En ausencia de ordenanza, se permite circular por cualquier calzada urbana. El Manual de características de los vehículos de movilidad personal, aprobado por la DGT, añade además el sistema de frenado, el dispositivo acústico y los reflectantes como parte del equipamiento técnico que debe mantenerse en buen estado.
El registro en la DGT acredita el vehículo, pero no cubre los daños a terceros: sin la póliza de responsabilidad civil, el coste de un accidente puede recaer íntegramente sobre el usuario.
Cómo registrar el patinete en la DGT paso a paso
El registro es obligatorio para cualquier patinete con velocidad máxima entre 6 y 25 km/h. Quedan fuera los patinetes de juguete que no alcanzan los 6 km/h y los vehículos de otras categorías. Para completar el trámite, la DGT exige un certificado de circulación emitido por un laboratorio autorizado. Desde el 22 de enero de 2024, todos los patinetes nuevos a la venta deben incluir ese certificado y una placa de marcaje de fábrica.
Si el patinete no está homologado, puede inscribirse como vehículo no certificado y podrá circular hasta el 22 de enero de 2027. El registro puede realizarse de forma presencial o por internet, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Los menores de edad deben realizar el trámite a través de su tutor legal.
- Ficha técnica del patinete con el número de certificado.
- Fotografía de la placa con el número de serie.
- Pago de la tasa de 8,67 euros.
Al finalizar, se obtiene un certificado de inscripción digital en PDF. Con ese documento se puede acudir a un centro autorizado para obtener la etiqueta identificativa y contratar el seguro de responsabilidad civil.
El registro no sustituye al seguro. La etiqueta identifica el vehículo, pero la cobertura de responsabilidad civil es independiente y debe contratarse después de obtener el certificado de inscripción.
Qué hay que vigilar antes de contratar el seguro
El precio de la póliza no está fijado por la normativa: depende de la aseguradora, del tipo de cobertura y del valor del patinete. Para no pagar de más, conviene comparar al menos dos o tres propuestas y comprobar si el seguro de hogar o la póliza de responsabilidad civil familiar ya ofrece alguna cobertura adicional. En cualquier caso, la póliza específica de VMP debe cubrir, como mínimo, la responsabilidad civil frente a daños materiales y personales causados a terceros.
También conviene revisar las exclusiones relacionadas con el uso indebido: circular por una vía no autorizada o con más de un ocupante puede limitar la cobertura. La revisión anual de la prima y el mantenimiento del patinete ayudan a evitar problemas a la hora de presentar un parte.
El mantenimiento preventivo forma parte de las obligaciones: la DGT recomienda no circular con piezas rotas, vigilar la presión de los neumáticos y cargar la batería antes de que se descargue por completo, nunca con el patinete mojado.
📌 El seguro al detalle
- Qué ofrece este seguro: cobertura de responsabilidad civil por daños materiales y personales causados a terceros, vinculada al registro obligatorio del patinete en la DGT y a la etiqueta identificativa.
- A quién va dirigido: usuarios de patinetes eléctricos con velocidad máxima entre 6 y 25 km/h que circulan por vía pública, incluidos los menores con tutor legal.
- Cuánto cuesta: la tasa de registro en la DGT es de 8,67 euros; la prima del seguro varía según aseguradora y coberturas, por lo que conviene comparar propuestas.

