La multa de 200 euros y 6 puntos por adelantar ciclistas: nuevas reglas desde el 1 de octubre

La reforma del Reglamento General de Circulación, aprobada por el Real Decreto 518/2026, entra en vigor el 1 de octubre. En vías de 90 km/h, el adelantamiento a un ciclista deberá hacerse a un máximo de 70 km/h.

Adelantar a un ciclista te costará 200 euros y 6 puntos del carné desde el 1 de octubre.

El grueso de la reforma del Reglamento General de Circulación, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, entra en vigor el próximo 1 de octubre. Entre todos los cambios, el que más afecta al día a día del conductor es el nuevo régimen de adelantamientos a los usuarios más vulnerables.

Lo que necesitas saber

  • Por qué es importante: la reforma endurece el adelantamiento a ciclistas y lo convierte en infracción grave, con pérdida de puntos incluida.
  • Cómo te afecta: si adelantas sin bajar la velocidad, sin los 1,5 metros o sin cambiar de carril, la multa es de 200 euros y hasta 6 puntos menos en el carné.
  • Puntos clave y plazos: el Real Decreto 518/2026 entra en vigor el 1 de octubre de 2026; la reducción de 20 km/h se aplica en vías interurbanas y en ciudad rige una distancia de 5 metros por detrás de la bici.

Qué cambia al adelantar a un ciclista

La norma obliga a reducir al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía antes de iniciar la maniobra y durante toda su ejecución. En una carretera limitada a 90 km/h, el adelantamiento tendrá que hacerse como máximo a 70 km/h. Y se mantiene la distancia lateral mínima de 1,5 metros, que la DGT ya venía recordando en su página oficial de seguridad vial.

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Si la calzada tiene más de un carril por sentido, ya no basta con arrimarse. Habrá que cambiar por completo de carril para rebasar a la bicicleta, en lugar de compartir el carril con el ciclista durante la maniobra.

Los 1,5 metros no son solo para las bicis. La norma extiende esa separación a peatones, animales, ciclomotores y vehículos de movilidad personal. Es decir, también cuenta cuando rebasas a un patinete eléctrico o a un grupo de peatones en el arcén.

Bajar de 90 a 70 km/h y dejar 1,5 metros de separación no es una recomendación: es la condición para adelantar a un ciclista sin multa.

Incumplir cualquiera de estas reglas se considera infracción grave. La sanción es de 200 euros y la pérdida de 6 puntos del carné. Eso sí, con el pronto pago, la multa se queda en 100 euros si abonas dentro de los 20 días siguientes.

  • Adelantar sin reducir los 20 km/h en vía interurbana.
  • No guardar la distancia lateral de 1,5 metros.
  • No cambiar por completo de carril cuando hay más de uno por sentido.
  • Circular a menos de 5 metros de una bici en ciudad.

Otras novedades que entran en vigor el 1 de octubre

En ciudad aparece una regla nueva que pasa más desapercibida. Cuando un vehículo circule detrás de una bicicleta compartiendo el mismo carril, deberá mantener una distancia mínima de 5 metros. La medida busca atajar el acoso vial y se sanciona igual: 200 euros y 6 puntos.

Los ciclistas ganan margen en las retenciones urbanas. Podrán adelantar a los vehículos a motor tanto por la derecha como por la izquierda para alcanzar las zonas de espera adelantadas en los cruces.

Para los motoristas llega una de las novedades más esperadas. Podrán circular por el arcén derecho en caso de congestión, siempre que el tramo esté habilitado y señalizado, la circulación esté detenida y lo hagan en fila de uno a un máximo de 30 km/h. Si no se cumplen esas condiciones, la multa es de 200 euros, esta vez sin retirada de puntos.

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También cambia el rebasado de vehículos averiados o accidentados. El conductor deberá desplazarse íntegramente al carril contiguo y dejar 1,5 metros de separación lateral, aunque para lograrlo tenga que pisar o rebasar la línea continua, siempre que no ponga en peligro a nadie. La sanción por incumplir es de 200 euros.

Y cuando la nieve dificulte la circulación en autopistas y autovías, adelantar queda terminantemente prohibido. Habrá que circular por el carril más a la derecha y dejar el resto libres para los vehículos de emergencia y las quitanieves. La multa, 200 euros, sin puntos.

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La reforma incluye además obligaciones para los propios ciclistas, como el casco en vías interurbanas sin excepciones y el chaleco reflectante para repartidores. Los ayuntamientos, por su parte, podrán autorizar la circulación de bicicletas en ambos sentidos en calles de un solo carril limitadas a 30 km/h.

Qué vigilar y qué queda por concretar

El texto nace del Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE, cuyo contenido puede consultarse en la sede electrónica del BOE. Llega después de años de siniestralidad concentrada en vías secundarias, donde los accidentes con ciclistas son más frecuentes. Para los expertos, la reducción de velocidad en el adelantamiento es una de las medidas con más recorrido para salvar vidas.

Queda por ver cómo se aplica en cada ciudad. Los ayuntamientos conservan margen para regular el uso de la bici en calles de 30 km/h, así que la norma puede variar de un municipio a otro. El conductor debería vigilar, sobre todo, dos cosas: la señalización de los arcenes habilitados para motos y la distancia con la bici cuando comparte carril en ciudad.

El próximo hito es el 1 de octubre. A partir de ahí, la DGT puede reforzar la vigilancia en carreteras secundarias, donde el nuevo régimen tendrá más impacto. Conviene tenerlo apuntado: el carné pierde puntos por una maniobra que hasta ahora salía más barata.