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La multa que te puede poner la DGT por ir despacio

Aunque no sea algo ni mucho menos habitual, conviene saber que la DGT puede ponerte una multa por ir despacio y entorpecer el tráfico del resto de coches de la calzada. Hablamos siempre de circular por debajo de la velocidad permitida.

Circular anormalmente despacio supone un peligro para la seguridad vial, pues el resto de coches no espera encontrarse con un vehículo que circule tan despacio en la calzada.

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200 euros de multa

Esta regla es válida tanto para carreteras nacionales como para comarcales e incluso en ciudad. Aunque la ley es muy clara con la existencia de excepciones.
Pues el código de circulación recoge la posibilidad de que ante cualquier circunstancia anómala haya coches que reduzcan la velocidad tanto por motivos de seguridad como por cualquier otra causa de fuerza mayor, incluyendo la avería.


Así, el artículo 45 del Reglamento de Circulación es muy claro en su enunciado:

“todo conductor está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos y a tener en cuenta, además, sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación, y, en general, cuantas circunstancias concurran en cada momento, a fin de adecuar la velocidad de su vehículo a ellas, de manera que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse”.