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La multa que te puede poner la DGT por ir despacio

Aunque no sea algo ni mucho menos habitual, conviene saber que la DGT puede ponerte una multa por ir despacio y entorpecer el tráfico del resto de coches de la calzada. Hablamos siempre de circular por debajo de la velocidad permitida.

Circular anormalmente despacio supone un peligro para la seguridad vial, pues el resto de coches no espera encontrarse con un vehículo que circule tan despacio en la calzada.

Velocidad baja, señales propias

De hecho existen señales específicas en determinadas carreteras en las que es posible encontrarte con un vehículo a una velocidad anormalmente lenta, por ejemplo en los puertos de montaña en los que los camiones pueden tener serias dificultades. En este caso el riesgo de una colisión por alcance es real y conviene tenerlo presente.

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Genéricamente la velocidad mínima a la que debemos circular y que puede suponernos una multa es la mitad de la velocidad máxima recomendada para esa carretera. De esta forma si circular por una autopista o autovía la velocidad mínima a la que debes circular es de 60 kilómetros a la hora.

Por debajo de esa velocidad la Guardia Civil podría sancionarnos con una multa de 200 euros por circular a una velocidad anormalmente reducida.