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Reloj inteligente: la multa de la DGT por usarlo en el coche

Las nuevas tecnologías vienen siempre aparejadas de nuevas dudas a las que la DGT debe dar respuesta en el código de circulación. En este sentido, el pasado día 21 de marzo entró en vigor, definitivamente, la nueva Ley de Tráfico. Con ella llegaron sanciones más duras para muchas infracciones relacionadas con las distracciones y la seguridad, entre ellas las que involucran al mal uso de los dispositivos electrónicos durante la conducción.

Y es que, según indica la Ley de Tráfico, es evidente que usar el teléfono móvil durante la conducción está prohibido y puede conllevar multas económicas de 200 euros, además de pérdidas de hasta 6 puntos en el carné. Incluso, la nueva normativa contempla ahora que se penalice también, no solo la utilización del teléfono, sino solo sujetarlo con la mano al volante aunque no se esté usando expresamente.

La DGT responde a la legalidad del smartwatch

«Al no tener que sujetarlos con la mano para utilizarlos no interfieren en la conducción. Tienen el mismo tratamiento que un manos libres. Saludos.» Pere Navarro, fue directo, desde la DGT. No, su uso no está inicialmente prohibido, como el de otros dispositivos que la nueva ley de tráfico sí contempla.

Pero eso sí, el hecho de que puedas llevarlo contigo no exime una responsabilidad evidente en su utilización: tienes que usarlo correctamente. Es decir, de forma que no afecte de ninguna manera en la conducción. Seguridad ante todo.

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