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¿Cuándo puede circular una moto por el arcén sin que le multe la DGT?

Si eres motorista y circulas a menudo por vías urbanas, seguro que en más de una ocasión has tenido que conducir por el arcén ante este frustrante escenario: un gran atasco en el que los vehículos apenas pueden moverse unos metros, y tú detrás de un coche sufriendo el mismo atasco, a pesar de que, gracias a las reducidas dimensiones de la moto podrías perfectamente avanzar.

Debido a esto, muchos motoristas reclaman que se les deje utilizar el arcén para circular con prudencia en estos escenarios de tráfico congestionado. Incluso la Dirección General de Tráfico, incluyó esta excepción en un artículo de medidas para mejorar la seguridad de los motoristas, pero esta norma no se ha llegado a aprobar y sólo ha servido para generar más desconocimiento acerca del posible uso de la arcén.

Está prohibido circular por el arcén salvo avería

Circular en moto por el arcén es objeto de sanción. Pese a que pueda estarse estudiando el cambio de norma, a día de hoy, no es legal en prácticamente ningún caso. Por eso, la DGT ha tenido que aclarar mediante Twitter a varios conductores que circular por el arcén todavía está prohibido por ley. Si pillan a un motorista circulando por esta zona puede ser multado con 200 euros.

La medida de circular por el arcén en los atascos es una de las propuestas estrella que la DGT quería llevar a cabo en la reforma de la Ley de Seguridad Vial, pero que finalmente no se ha incluido. Aunque dicha circulación por el arcén tendría que ser a una velocidad muy reducida y teniendo en cuenta que el arcén no está tan limpio como el carril, ni tiene el mismo agarre.

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