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La DGT se pronuncia sobre las ventajas del carnet de conducir para los jubilados

El requisito imprescindible para conducir un coche en España es disponer de un carnet en vigor validado por la Dirección General de Tráfico (DGT). La DGT no impone limitaciones de edad para tener este carnet, por lo que cualquier persona mayor de edad puede conducir, no hay un límite edad máximo que impida renovar la licencia.

Los límites para renovar el carnet no van a depender de la edad del conductor, sino de sus capacidades y aptitudes para poder conducir de manera segura. Para poder garantizar que todos los conductores en España reúnen las capacidades exigidas por la DGT para ponerse a los mandos de un coche, todos los conductores tienen que pasar cada cierto tiempo un examen médico y psicotécnico.

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El periodo de validez del carnet puede variar si detectan alguna enfermedad

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La DGT considera que la edad no es un impedimento para conducir, pero quiere garantizar que todos los conductores que circulan por las carreteras españolas reúnan las condiciones necesarias para mantener la seguridad vial. Informan que “el reconocimiento médico que se debe superar y los criterios a evaluar son los mismos para cualquier edad”, y también explica cómo actuarán los médicos en caso de detectar alguna patología incompatible con la conducción.

Si durante el reconocimiento médico se descubriera que el conductor tiene algún tipo de enfermedad o deficiencia que interfiere con la conducción esa persona no podrá renovar su licencia. Aunque también puede darse otra situación planteada por la DGT: Si los médicos detectan una enfermedad, que en su estado actual si permite la conducción, pero es susceptible de agravarse y llegar a ser incompatible, el periodo de validez del permiso será menor. En caso de que suceda esto, la tasa para renovar el carnet de conducir tendrá un precio menor.