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Conducir con chanclas: ¿Te puede multar la DGT?

Con los diferentes de cambios de normativa de la DGT, no puedes olvidarte de las reglas ya conocidas. Debido a la llegada del verano, las temperaturas van a aumentar y son muchos los conductores que se animarán a conducir descalzos, chanclas o incluso sin camiseta. Pero, ¿está permitido? La realidad es que en el Reglamento General de Circulación no aparecen estas infracciones, aunque esto no significa que estén libres de multas.

A continuación, en el artículo te contaremos más detalles sobre esta disposición que pone en alerta a los conductores.

¿Qué dice específicamente la ley?

¿Qué dice específicamente la ley de la DGT?

Entonces, el artículo 18 de la Ley de Seguridad Vial sostiene que el «el conductor está obligado a mantener su propia libertad de movimiento», y hacerlo descalzo no es lo más aconsejable, ya que la presión, el agarre y la fuerza para realizar los diferentes cambios que la circulación requiere pueden no ser los adecuados. Concretamente, hablamos de coches manuales, porque en los automáticos, todo es diferente. Sin embargo, suponemos que la medida se irá adaptando con el tiempo.