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En estos casos nunca puedes adelantar en una autovía o carretera convencional

El adelantamiento es uno de los momentos más habituales en la conducción. Si contamos con una velocidad mayor al vehículo que tenemos delante, la situación nos pide adelantar, dejarlo atrás. Es una cuestión que favorece la fluidez del tráfico y, por tanto, la seguridad en la vía.

Pero no podemos olvidar que hay momentos y momentos… Cuántas veces habrás tenido la necesidad de adelantar pero no lo has podido haacer por diversos motivos. Circunstancias marcadas muchas veces por la propia normativa de tráfico. Conviene, por tanto, recordar estas directrices para que jamás te entren dudas.

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Prohibido adelantar en intersecciones

No está permitido adelantar en las intersecciones y en sus proximidades, salvo cuando: se trate de una glorieta, el adelantamiento pueda efectuarse por la derecha, la calzada en cuestión goce de prioridad en la intersección habiendo también una señal expresa que lo indique y en los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal «Túnel» (S-5) donde solo se disponga de un carril para el sentido del vehículo que se quiere adelantar en ese caso.

Adelantar en estas situaciones, en carreteras convencionales, en las que hemos visto que no se puede, lleva aparejada una multa de 200 euros. Tampoco debes olvidar la reciente eliminación del margen de 20 km/h sobre el límite de velocidad para adelantar en este tipo de vías. Ahora bien… ¿Y qué pasa con las autovías?