Multa de 1.000 euros a un ciclista por cuadruplicar la tasa de alcohol: la campaña de la Guardia Civil de Tráfico

El ciclista cuadruplicaba el límite máximo de 0,25 mg/l en aire espirado durante la campaña de control de alcohol de la Guardia Civil de Tráfico. La sanción, de 1.000 euros, se impuso en el acto y el vehículo fue inmovilizado.

Eran las 00:05 de la madrugada del lunes 13 de julio cuando una patrulla del destacamento de Tráfico de Corcubión, en A Coruña, dio el alto a un ciclista en Camariñas. Apenas cinco minutos después del arranque oficial de la campaña especial de vigilancia de alcohol y drogas de la Guardia Civil de Tráfico, la infracción ya estaba cometida. El conductor circulaba en solitario y, según los agentes, mostraba signos evidentes de embriaguez. Los resultados del test de alcoholemia en aire espirado confirmaron la gravedad: 0,94 mg/l en la primera prueba y 1,04 mg/l en la segunda, más de cuatro veces el límite máximo permitido para ciclistas. La sanción fue inmediata: 1.000 euros de multa y la inmovilización de la bicicleta.

El límite para ciclistas y cómo se mide

Muchos conductores desconocen que los ciclistas están sujetos exactamente a las mismas pruebas de alcohol y drogas que cualquier otro usuario de la vía. Así lo establece el Reglamento General de Circulación, en su artículo 20: la tasa máxima permitida es de 0,25 miligramos por litro de aire espirado (equivalente a 0,5 gramos por litro de sangre). Superar este umbral, aunque se circule en bicicleta, se considera infracción muy grave.

En este caso, la medición de 1,04 mg/l no solo cuatriplicaba el límite administrativo, sino que rebasaba con creces el límite penal fijado en 0,60 mg/l. La Guardia Civil de Tráfico optó por la vía administrativa al no concurrir delito de conducción temeraria ni siniestro, pero la situación pudo haber acabado en un procedimiento judicial si se hubieran dado otras circunstancias. La sanción económica, 1.000 euros, es la que corresponde a las faltas muy graves del artículo 20.4 del Reglamento.

Publicidad

Eso sí, el importe se reduce a la mitad si se acoge al pronto pago: 500 euros en los 20 días siguientes a la notificación. Pero ojo, porque renunciar al recurso para pagar menos supone aceptar la infracción sin alegaciones.

Circular en bicicleta con 1,04 mg/l de alcohol en aire espirado no solo multiplica el riesgo de accidente, sino que te expone a una multa de 1.000 euros sin necesidad de causar ningún daño.

Consecuencias: sin puntos pero con la bici inmovilizada

Una de las dudas más frecuentes es si la DGT puede detraer puntos del carnet a un ciclista. La respuesta es clara: no, porque la bicicleta no requiere permiso de conducción y la pérdida de puntos solo se aplica a infracciones cometidas al volante de vehículos con licencia. Pero que no haya puntos no significa que la multa sea menos grave: el importe económico es idéntico al que enfrentaría un conductor de coche. Y el castigo añadido fue la inmovilización del vehículo en el mismo lugar de los hechos, con prohibición expresa de circular bajo los efectos del alcohol.

Si el ciclista hubiera sido titular de un permiso de conducción, la situación cambiaría. La legislación no permite la acumulación de sanciones por el mismo hecho, pero en caso de reincidencia o de provocar un accidente, el conductor sí podría ver afectado su saldo de puntos. La recomendación es clara: si has bebido, no uses la bici como «alternativa segura». El riesgo físico y económico es el mismo.

Por qué este caso es un aviso para todos en la campaña de verano

Este incidente se produjo en la primera noche de la campaña especial de control de alcohol y drogas que la Guardia Civil de Tráfico despliega cada verano en todo el territorio nacional. La iniciativa, que se extiende durante varias semanas, intensifica los controles preventivos en vías urbanas e interurbanas, con especial atención a las horas nocturnas y a los conductores más vulnerables. El objetivo es reducir la siniestralidad asociada al consumo de sustancias, que sigue siendo uno de los principales factores de riesgo al volante.

El dato que aporta la propia Agrupación de Tráfico es demoledor: el alcohol multiplica por cinco el riesgo de accidente por encima del límite legal, y por más de 100 cuando se supera el límite penal de 0,60 mg/l. En este caso, con 1,04 mg/l, la posibilidad de perder el control de la bicicleta era extrema. La inmovilización, por tanto, no fue un capricho burocrático, sino una medida de protección para el propio ciclista y para el resto de usuarios de la vía.

La lección está servida: nadie está exento de los controles de alcoholemia, ni siquiera a bordo de una bicicleta. Y las sanciones, aunque sean administrativas, duelen: 1.000 euros (o 500 euros si se paga sin recurrir) que se podrían haber evitado simplemente dejando la bici en casa después de haber bebido.

Publicidad

Ficha de la Multa

  • A quién afecta: A todos los conductores de bicicletas, sin excepción, que circulen con una tasa de alcohol superior a 0,25 mg/l en aire espirado.
  • Cifras a tener en cuenta: Sanción económica de 1.000 euros (reducida a 500 euros si se paga en los 20 días siguientes). En este caso, la tasa fue de 1,04 mg/l, más de cuatro veces el límite permitido. No conlleva pérdida de puntos del carnet, pero sí la inmovilización del vehículo.
  • Consejo para evitarlo: No circules en bicicleta si has consumido alcohol. La campaña de verano refuerza los controles y la Guardia Civil de Tráfico puede sancionarte en cualquier vía, urbana o interurbana.