La multa de 200 km/h y tres radares: 600 euros y 6 puntos que impone la Guardia Civil

El conductor fue captado tres veces en menos de 48 horas circulando a más de 200 km/h en Galicia, Zamora y Jaén. La Guardia Civil le impone una multa de 600 euros, la pérdida de 6 puntos y lo investiga por un delito continuado contra la seguridad vial.

Circular a más de 200 km/h por tres comunidades en menos de 48 horas le cuesta a un conductor 600 euros, 6 puntos del carnet y una investigación penal. La Guardia Civil de Tráfico ha identificado al responsable tras analizar las capturas de tres radares en Galicia, Zamora y Jaén. El GIAT (Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico) sigue la pista de un turismo que duplicó la velocidad permitida en autovías y que ahora se enfrenta a un delito continuado contra la seguridad vial.

Una ruta a 242 km/h: los tres radares que lo delataron

El periplo comenzó en la A-6 a la altura de As Nogais (Lugo). Un radar fijo registró al vehículo a 242 km/h en una vía limitada a 120 km/h. Pocos días después, otro cinemómetro situado en Benavente (Zamora) volvió a captarlo, esta vez a 232 km/h. La sorpresa para los agentes llegó cuando, ese mismo día, un tercer radar en la A-4, en el Puerto de Despeñaperros (Jaén), detectó al mismo coche superando de nuevo los 200 km/h en un tramo limitado a 100 km/h.

En total, más de 700 kilómetros de distancia entre la primera y la última captura, con una conducta que los investigadores califican de «menosprecio absoluto por las normas de tráfico». La Guardia Civil confirmó en un comunicado que los tres radares, pertenecientes a sectores distintos, cruzaron sus lecturas gracias al trabajo del GIAT, especializado en el análisis de infracciones reiteradas y delitos viarios.

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Superar los 200 km/h en tres provincias distintas no es un despiste: es un patrón de conducción temeraria que el GIAT persigue como delito y que puede acabar en prisión.

Las consecuencias legales: delito contra la seguridad vial

Cuando un conductor supera en más de 80 km/h la velocidad máxima permitida en vías interurbanas, la infracción deja de ser administrativa y se convierte en delito. Así lo establece el artículo 379.1 del Código Penal. En este caso, el exceso fue de 122 km/h en el primer punto, lo que activa el tipo penal de manera clara.

Las penas previstas incluyen prisión de tres a seis meses, multa económica de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Además, conlleva la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período de entre uno y cuatro años. Al tratarse de un delito continuado —varias acciones en un espacio temporal reducido—, la pena podría agravarse en sede judicial.

Paralelamente a la vía penal, la Guardia Civil de Tráfico ha impuesto una sanción administrativa de 600 euros y la detracción de 6 puntos del carnet. Aunque el procedimiento penal suele suspender la ejecutividad de la multa de tráfico hasta que recaiga sentencia firme, los puntos sí pueden ser retirados de forma inmediata una vez notificada la infracción.

Conviene recordar que cada uno de los excesos por separado ya habría supuesto una sanción de 600 euros y 6 puntos. Lo relevante aquí es que la acumulación de conductas ha llevado a la Fiscalía de Seguridad Vial a encauzar el caso por la vía penal, lo que puede traducirse en una condena con antecedentes penales.

Qué implica un delito continuado y por qué la Guardia Civil lo persigue así

La figura del delito continuado permite agrupar varios hechos similares cometidos en un lapso breve. En seguridad vial, se aplica cuando un mismo conductor repite patrones de riesgo en distintos puntos del país. El GIAT analiza las matrículas captadas por radares de toda España y cruza datos con sistemas de vigilancia para identificar a quienes convierten la carretera en un circuito de velocidad.

En la práctica, esto significa que si un conductor piensa que «total, como mucho me pondrán una multa», se equivoca. Con tres lecturas por encima de 200 km/h, el caso pasa directamente a los juzgados. El instructor puede solicitar además la inmovilización del vehículo y la obligación de realizar un curso de reeducación vial. La DGT, de oficio, puede suspender el carnet si se superan los puntos.

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La investigación sigue abierta. El conductor ya ha sido localizado y se enfrenta a una citación judicial. Mientras tanto, la Guardia Civil quiere dejar claro que las fronteras provinciales no protegen al infractor: «Todos los radares están conectados y las matrículas no desaparecen por cambiar de comunidad», recuerdan fuentes de la Agrupación de Tráfico.

Ficha de la Multa

  • A quién afecta: Cualquier conductor que circule a más de 200 km/h en vías limitadas a 120 km/h o 100 km/h, especialmente si lo hace de forma reiterada en un corto espacio de tiempo.
  • Cifras a tener en cuenta: Sanción administrativa de 600 euros y retirada de 6 puntos del carnet por conducción temeraria. Al superar el exceso los 80 km/h, se abre un procedimiento penal con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa económica de 6 a 12 meses y retirada del permiso de conducir de 1 a 4 años.
  • Consejo para evitarlo: Respeta los límites de velocidad. Superar los 200 km/h no solo te convierte en un peligro para todos, sino que las consecuencias penales van mucho más allá de una multa de tráfico: puedes acabar en prisión y sin carnet durante años.

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