Desde el pasado 30 de enero de 2026, cualquier patinete eléctrico que circule por España debe estar inscrito en el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la DGT. El trámite cuesta 8,67 euros y, además de obtener la etiqueta identificativa, exige contratar un seguro de responsabilidad civil obligatorio. Sin ese seguro, el conductor se expone a sanciones y, lo que es peor, a pagar de su bolsillo los daños que pueda causar a terceros.
Registro obligatorio: la tasa cuesta 8,67 euros y se puede hacer online
La Dirección General de Tráfico (DGT) define los VMP como vehículos de una o más ruedas, de una sola plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, con una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h. La obligación de registro se publicó en el BOE mediante el Real Decreto 52/2026, que establece que todo patinete que se mueva por vías públicas debe contar con el certificado de inscripción y la correspondiente etiqueta.
El proceso se puede realizar de forma presencial o, cómodamente, por internet con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. Para completar el registro, el usuario debe disponer de la ficha técnica del patinete con el número de certificado —que acredita que el modelo está homologado— y una fotografía de la placa con el número de serie. La tasa telemática asciende a 8,67 euros, que se pueden abonar en el momento o con antelación.
Al finalizar, se obtiene el certificado de inscripción en formato digital. Con ese documento, el propietario debe acudir a un centro autorizado para imprimir la etiqueta identificativa que se colocará en el patinete. Este distintivo será el justificante visible de que el vehículo cumple la normativa.
Qué patinetes deben pasar por el registro y hasta cuándo pueden circular los no homologados
La obligación afecta a todos los patinetes eléctricos que alcancen entre 6 y 25 km/h. Quedan exentos los juguetes que no superan los 6 km/h y los vehículos de otras categorías, como los ciclomotores o los destinados a personas con movilidad reducida. Si el patinete no cuenta con el certificado de circulación emitido por un laboratorio autorizado por la DGT —algo que todos los modelos a la venta desde el 22 de enero de 2024 están obligados a tener—, se puede inscribir como “vehículo no certificado” y circular así hasta el 22 de enero de 2027.
Pasada esa fecha, únicamente los modelos que figuren en la lista de patinetes homologados de la DGT podrán seguir circulando legalmente. Un margen que la dirección general ha concedido para que los usuarios adapten progresivamente sus vehículos a los requisitos.
Circular sin el seguro de responsabilidad civil obligatorio significa asumir personalmente el coste de cualquier daño que causes a otra persona o a sus bienes.
Conviene recordar que, además del registro y el seguro, la normativa básica prohíbe circular por aceras, autopistas y vías interurbanas, y obliga a llevar casco, aunque la ordenanza municipal no lo exija expresamente. También está vetado el uso de auriculares o el manejo del móvil durante la conducción, y solo puede viajar una persona por patinete.
El seguro de responsabilidad civil: qué cubre y por qué es indispensable
El seguro de responsabilidad civil que se exige a los patinetes eléctricos cubre los daños personales y materiales que el conductor pueda ocasionar a terceros durante la circulación. A diferencia de lo que ocurre con los coches, donde el seguro lleva décadas siendo obligatorio, en el ámbito de los VMP esta exigencia es reciente y se alinea con la de muchos países europeos que ya han adoptado medidas similares.
La contratación se puede gestionar a través del Consorcio de Compensación de Seguros o de aseguradoras privadas que ofrecen pólizas específicas para patinetes. Las primas varían en función de la cobertura y de la compañía, pero una póliza básica de responsabilidad civil suele situarse en una horquilla que parte de los 30 euros anuales. Por ese precio se obtiene protección frente a reclamaciones de hasta varios miles de euros, algo que resulta especialmente relevante en ciudad, donde un alcance a un peatón o un golpe a un vehículo puede generar costes elevados.
Antes de contratar, conviene comparar varias opciones y leer con atención las condiciones; algunas pólizas añaden defensa jurídica o asistencia en carretera por un pequeño incremento. El sector asegurador está adaptando sus productos a la nueva regulación, por lo que la oferta seguirá ampliándose a lo largo de 2026 y 2027.
Un incumplimiento en la contratación del seguro puede traducirse en una sanción administrativa, pero, sobre todo, deja al conductor sin red de seguridad. Si provocas un accidente sin cobertura, tendrás que hacer frente a las indemnizaciones con tu propio patrimonio. La recomendación, por tanto, es no considerar el seguro como un gasto más, sino como la protección imprescindible que permite circular con tranquilidad.
📌 El seguro al detalle
- Qué ofrece este seguro: Cobertura de responsabilidad civil frente a daños personales y materiales causados a terceros mientras se circula con el patinete. Algunas pólizas incluyen defensa jurídica y asistencia en carretera como complementos opcionales.
- A quién va dirigido: A cualquier conductor de patinete eléctrico que circule por vías públicas, sin distinción de edad —los menores deben ser registrados por su tutor legal—, y tanto para modelos homologados como para los no certificados durante el periodo transitorio.
- Cuánto cuesta: El precio varía según la aseguradora y las coberturas contratadas. Las pólizas básicas de responsabilidad civil parten de unos 30 euros al año, una cifra orientativa que puede aumentar si se añaden garantías complementarias. Se recomienda comparar antes de decidir.

