Multas por exceso de velocidad: de 100 a 600 euros y hasta 6 puntos, según la DGT

La cuantía exacta depende del margen que superes y del límite de la vía: un exceso de 21 a 30 km/h ya cuesta 300 euros y resta 2 puntos. El pronto pago reduce la multa a la mitad, pero obliga a renunciar a alegar.

Las multas por exceso de velocidad van de 100 a 600 euros y pueden costarte hasta 6 puntos del carnet. La cifra exacta no depende del coche que lleves, sino del margen que superes y del límite de la vía.

Para calcularla, la DGT y el Reglamento General de Conductores no trabajan con un único importe: dividen el exceso en tramos. Cada tramo tiene su multa y su detracción de puntos.

La tabla oficial de multas por exceso de velocidad

Esta es la escala que se aplica a turismos, motos y furgonetas. Con camiones o autobuses cambia el límite de partida, no la penalización por superarlo.

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  • Hasta 20 km/h por encima del límite: 100 euros, sin pérdida de puntos.
  • De 21 a 30 km/h de exceso: 300 euros y 2 puntos.
  • De 31 a 40 km/h de exceso: 400 euros y 4 puntos.
  • De 41 a 50 km/h de exceso: 500 euros y 6 puntos.
  • Más de 50 km/h sobre el límite: 600 euros y 6 puntos.

No existe un margen de tolerancia de 5 o 10 km/h por cortesía administrativa. En la vía no hay velocidad impune; otra cosa es que el radar tenga en cuenta su propio margen de error metrológico antes de imputar el exceso.

No hay margen de impunidad: un exceso de 21 km/h ya cuesta 300 euros y resta 2 puntos del carnet.

Ojo con los radares de tramo: miden la velocidad media entre dos puntos. Frenar justo al ver la cabina no sirve de nada si la media supera el límite.

Cuánto pagas de verdad con el pronto pago

La DGT premia la rapidez con un descuento del 50% si pagas en los 20 días naturales siguientes a la notificación de la denuncia. Los importes se quedan en 50, 150, 200, 250 o 300 euros, según el tramo.

A cambio, renuncias a alegar. El pago anticipado supone la terminación del procedimiento y la sanción se convierte en firme.

Puedes pagar en la sede electrónica de la DGT con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. Si no pagas ni recurres en plazo, la multa pasa a la vía ejecutiva con recargos.

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Cuándo el exceso de velocidad es delito

La línea roja está en el Código Penal. Superar el límite en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana convierte el exceso en delito contra la seguridad vial.

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Las penas van de tres a seis meses de prisión, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad. En todos los casos, el juez añade la privación del permiso de conducir de uno a cuatro años.

Un ejemplo claro: circular a 130 km/h por una calle limitada a 50 no se resuelve con una multa de 600 euros, sino con un procedimiento penal y posible antecedente.

Si la velocidad se mide en vía interurbana, el umbral penal es más alto, pero las consecuencias administrativas de un exceso grave siguen existiendo si no se llega a ese margen.

Cómo evitar la multa y cuándo conviene recurrir

Los límites generales siguen siendo 120 km/h en autopistas y autovías, 90 km/h en carreteras convencionales y 30 o 50 km/h en vía urbana según la calle. Consultar la señal vertical del tramo es la primera barrera de protección.

Si te notifican una sanción, revisa siempre el margen imputado. Un error en la matrícula, la velocidad medida o el límite de la vía puede justificar una alegación dentro de los 20 días.

Renunciar al pronto pago te permite alegar, pero de nada sirve si el margen es correcto. En ese caso, pagar con descuento suele compensar más que un recurso débil.

Conviene guardar la notificación y contrastar la velocidad con el radar que figura en el expediente. Si es un radar de tramo, comprueba la hora, el carril y los puntos de entrada y salida.

La detracción de puntos se aplica una vez firme la sanción. Si pierdes todos los puntos, la DGT puede declarar la pérdida de vigencia del permiso y obligarte a un curso de reeducación.

Lo que conviene tener claro antes de acelerar

La normativa sancionadora por exceso de velocidad no distingue entre conductores noveles y veteranos a la hora de fijar el importe. Lo que cambia es el saldo disponible: un novel tiene 8 puntos, y cualquier detracción lo deja más cerca del límite.

El enfoque del asesor es directo: no conduzcas buscando el margen máximo. Entre los 100 euros del exceso leve y los 300 euros y 2 puntos del siguiente tramo hay menos de 10 km/h de diferencia.

Si mantienes la velocidad adecuada, evitas la multa y además reduces el riesgo de siniestro. La velocidad excesiva no solo se paga en euros: también agrava las consecuencias de cualquier accidente.

Mantener una conducción tranquila, con el limitador del coche activado en los tramos más largos, es la forma más barata de cumplir el RGC.

Ficha de la Multa

  • A quién afecta: a cualquier conductor de turismo, motocicleta, furgoneta o camión que supere el límite de velocidad de la vía.
  • Cifras a tener en cuenta: multas de 100 a 600 euros y retirada de 0 a 6 puntos; pronto pago del 50% en 20 días.
  • Consejo para evitarlo: respeta el límite en cada vía y no juegues con el margen: un exceso de 21 km/h ya resta 2 puntos.