Las multas de hasta 6.000 euros de la DGT por unsar detectores de radares que publica el BOE

La reforma del Reglamento General de Circulación publicada en el BOE detalla las sanciones: 500 euros y 3 puntos por un detector, 6.000 euros y 6 puntos por un inhibidor, y hasta 30.000 euros para el taller que lo instale.

El BOE acaba de sacar a la luz las nuevas multas que pueden llegar a los 6.000 euros y los 6 puntos del carnet para quienes utilicen inhibidores de radar. La reforma del Reglamento General de Circulación, publicada este viernes, también atiza a los talleres: hasta 30.000 euros de sanción si instalan estos dispositivos prohibidos.

Qué dice exactamente la nueva normativa del BOE

La modificación del reglamento, aprobada por el Consejo de Ministros el 30 de junio y publicada el 3 de julio en el BOE, deja negro sobre blanco la prohibición de llevar o instalar en el vehículo cualquier instrumento que interfiera en los sistemas de vigilancia del tráfico. Esto incluye, sin matices, los inhibidores de radares o cinemómetros, así como emitir señales que anulen su funcionamiento.

En la práctica, según el texto oficial, también está vetado llevar en el coche un detector de radares, aunque el reglamento excluye expresamente los avisadores que se limitan a informar de la posición de los cinemómetros, como los que integran muchas aplicaciones de navegación. La diferencia es clave: el avisador te dice dónde está el radar; el detector lo caza activamente, y el inhibidor, además, lo inutiliza.

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Llevar un detector de radares te cuesta 500 euros y 3 puntos del carnet. Usar un inhibidor puede vaciarte el bolsillo con 6.000 euros y 6 puntos menos.

Multas, puntos y quién paga la factura

Aquí van las cifras con las que la DGT empieza a aplicar este nuevo marco:

  • Detector de radar: 500 euros de multa y 3 puntos del carnet. Es la sanción que ya estaba en vigor desde 2022, pero ahora queda fijada con mayor claridad.
  • Inhibidor de radar: 6.000 euros y 6 puntos detraídos. Es una infracción muy grave y la cuantía más alta de la tabla.
  • Taller que instala el inhibidor: hasta 30.000 euros. La nueva normativa apunta directamente al negocio que coloca el dispositivo, no solo al conductor.
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Fuente propia

Ese triple castigo se explica por el riesgo que suponen los inhibidores: a diferencia de un simple detector, emiten una señal que bloquea la lectura del cinemómetro, permitiendo circular a velocidades muy por encima del límite sin que el radar registre la infracción. La Guardia Civil de Tráfico insiste en que estos dispositivos ponen en peligro la seguridad colectiva.

La letra pequeña: auriculares, cascos y móviles

La misma reforma del RGC mete en cintura otros comportamientos al volante. Queda prohibido conducir usando cualquier tipo de casco de audio, auriculares o instrumentos que reduzcan la atención permanente, salvo durante las pruebas de examen en circuito abierto conforme al Reglamento General de Conductores. Tampoco se puede manipular el móvil ni otros sistemas de comunicación, con la única excepción de los dispositivos con comunicación integrada en el casco de motoristas, siempre que sirvan para navegación o intercomunicación y no afecten a la seguridad.

Para los conductores de a pie, esto significa que si te pillan con un manos libres no homologado o con el móvil en la mano, la sanción grave sigue siendo de 200 euros y 6 puntos, según el artículo 76 de la Ley de Tráfico. La novedad es que ahora se aclara que los auriculares de botón, incluso para escuchar música, están expresamente prohibidos mientras conduces.

Por qué el inhibidor se lleva la peor parte

La razón de que el inhibidor de radar reciba un castigo tan ejemplar no es solo técnica: el legislador quiere desincentivar un mercado negro que crecía al calor de talleres especializados. Los informes de la DGT revelan que un vehículo equipado con inhibidor puede eludir el control de velocidad en casi el 90% de los casos, lo que convierte en papel mojado los radares fijos y móviles. De ahí que la multa para el taller sea casi cinco veces mayor que la del conductor: se ataca la cadena de suministro.

Esta línea dura no es nueva en Europa. Francia ya sanciona con hasta 1.500 euros el mero hecho de poseer un detector, y Alemania impone penas de prisión para quienes comercialicen inhibidores. España se alinea con esa tendencia, aunque mantiene la excepción de los avisadores pasivos, que seguirán siendo legales.

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Ficha de la Multa

  • A quién afecta: conductores de cualquier tipo de vehículo y talleres que instalen dispositivos prohibidos.
  • Cifras a tener en cuenta: detector: 500 euros y 3 puntos; inhibidor: 6.000 euros y 6 puntos; taller: hasta 30.000 euros. El uso del móvil o auriculares suma 200 euros y 6 puntos.
  • Consejo para evitarlo: revisa tu coche y desinstala cualquier elemento sospechoso. Si llevas un avisador GPS, asegúrate de que solo informa de la ubicación y no escanea señales de radar activamente.