Llevar un chaleco reflectante en la moto ya no es una recomendación: desde el 26 de junio de 2026, con la publicación del Real Decreto 518/2026 en el BOE, la DGT convierte en obligatorio tanto llevarlo a bordo como ponérselo en determinadas circunstancias. La multa por no cumplir puede ser de 200 euros.
Hasta ahora muchos motoristas llevaban un chaleco de alta visibilidad por precaución, pero no era exigible. La nueva redacción del Reglamento General de Circulación —modificado por este real decreto— cambia las reglas del juego y obliga a que el chaleco forme parte del equipamiento de serie de cualquier motocicleta o ciclomotor, igual que ya ocurre con los turismos.
El foco está en la letra pequeña que pocos vieron venir: además de llevarlo, habrá que ponérselo en el momento exacto en que te bajes de la moto en una carretera interurbana. La sanción económica, como te explicamos a continuación, no se queda en una mera advertencia.
Qué dice exactamente la nueva normativa
El Real Decreto 518/2026, que el BOE publicó el pasado 26 de junio, modifica dos reglamentos a la vez. Por un lado, el Reglamento General de Circulación (artículo 118) para obligar al conductor a usar el chaleco reflectante de alta visibilidad cuando salga del vehículo y permanezca sobre la calzada o el arcén en vías interurbanas. Por otro, el Reglamento General de Vehículos, a través de su disposición final segunda, para añadir el chaleco como dotación obligatoria de las motos.
Esto significa que, desde ya, todas las motos —sin importar si son scooters, deportivas, trail o ciclomotores— deben llevar un chaleco reflectante homologado conforme a la normativa europea de equipos de protección individual. No vale cualquier prenda con bandas reflectantes: ha de ser un EPI certificado. Y tienes que llevarlo en la moto, no esperar a que te lo preste alguien en caso de emergencia.
La medida ha despertado críticas entre los aficionados a las dos ruedas. Juan Carlos Toribio, responsable de Seguridad Vial de la Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas (IMU) y ex guardia civil, denuncia que muchos modelos deportivos apenas tienen espacio bajo el asiento: “¿Cómo en una R voy a llevar este mazacote? Decidme dónde lo pongo”, se preguntaba en un vídeo difundido tras la publicación oficial. A pesar de la queja, la norma está en vigor y no admite excepciones por tipo de moto.
Cuándo hay que ponerse el chaleco (y cuánto cuesta olvidarlo)

La obligación de usar el chaleco se activa en el momento en que el conductor abandona la moto y pisa la calzada o el arcén en cualquier carretera interurbana: autovías, autopistas, nacionales y carreteras secundarias. Si te detienes por una avería, un accidente o incluso para consultar el móvil con seguridad, el chaleco debe estar puesto.
La multa por no cumplir con esta exigencia asciende a 200 euros, la misma cuantía que ya se aplica a los conductores de turismos cuando no usan el chaleco en situaciones análogas. No conlleva detracción de puntos del carnet, pero sí un buen pellizco al bolsillo. Y ojo: el pronto pago (reducción del 50 % si abonas la sanción en los 20 días siguientes a la notificación) rebaja la factura a 100 euros, pero implica renunciar a alegar. Hay que valorar si conviene pagar rápido o presentar un recurso si consideras que la infracción no se cometió.
Además, recuerda que llevar el chaleco guardado en la moto no te exime de la multa si un agente te sorprende sin él cuando estás fuera del vehículo. La ley es clara: “Cuando el conductor […] abandone el vehículo y permanezca sobre la calzada o el arcén, deberá utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad”. La mera tenencia no basta.
Tener el chaleco guardado bajo el asiento no basta: la multa de 200 euros te puede caer igual si un agente te pilla sin él al lado de una carretera.
La letra pequeña que afecta a repartidores, policías y otros profesionales
La reforma introduce un segundo escalón para quienes trabajan sobre dos ruedas. El nuevo artículo 118 obliga a los conductores profesionales de moto a llevar prendas de alta visibilidad durante la circulación en cualquier tipo de vía, no solo cuando se apeen. Esto incluye a riders de mensajería y plataformas de reparto, motoristas de la Guardia Civil, policías locales sobre moto y otros oficios que usan la moto como herramienta de trabajo.
La medida ha sido recibida con especial inquietud por parte de colectivos que operan en entornos rurales o con calor extremo. Toribio puso el ejemplo de patrullas del Seprona “en medio del monte con 38 grados y el chaleco de alta visibilidad”. La norma no contempla exenciones por temperatura, por lo que estos profesionales tendrán que elegir entre prendas específicas (chaquetas o petos de alta visibilidad) que sean transpirables o asumir la incomodidad.
Ficha de la Multa
- A quién afecta: A todos los conductores de motocicletas y ciclomotores que circulen por vías interurbanas. De forma especialmente exigente, a los profesionales de las dos ruedas, que deberán vestir el chaleco o una prenda de alta visibilidad incluso en marcha.
- Cifras a tener en cuenta: 200 euros de sanción por no llevar el chaleco en la moto o no usarlo al bajarse en carretera. No resta puntos. Plazo de 20 días para el pronto pago con el 50 % de descuento. El Real Decreto 518/2026 entró en vigor el 26 de junio de 2026.
- Consejo para evitarlo: Guarda un chaleco homologado doblado bajo el asiento o en una bolsa fija. Si tu moto tiene poco espacio, invierte en un chaleco fino certificado o, si trabajas con ella, en una chaqueta de alta visibilidad que cumpla la normativa y te permita circular sin agobios.

