Guantes obligatorios en moto desde el 1 de octubre: la DGT ya multa por no llevarlos

La reforma del Reglamento General de Circulación obliga a llevar guantes de protección a conductores y pasajeros en vías interurbanas. LS2 avisa de que un guante sin homologar no protege igual ni evita la sanción.

Desde mañana, 1 de octubre, los guantes son obligatorios en moto en todas las vías interurbanas de España. Y el guante del cajón no te libra de la multa.

La reforma del Reglamento General de Circulación aprobada este año por el Consejo de Ministros extiende la exigencia a conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores. LS2 ha lanzado una campaña nacional para recordar algo que el texto legal deja abierto: no todo lo que cubre una mano es un guante de moto.

Qué dice exactamente la norma que entra en vigor

A partir del 1 de octubre, todo ocupante de una moto o un ciclomotor que circule por una vía interurbana debe llevar guantes de protección. Conductores y pasajeros, sin excepciones por cilindrada, por tipo de moto ni por duración del trayecto.

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Ojo al matiz, porque es el que se va a repetir en cada control: la obligación se limita a las vías interurbanas. En ciudad, circular sin guantes sigue siendo legal. Que sea legal no significa que sea buena idea, porque el asfalto urbano raspa exactamente igual que el de una carretera nacional.

Una norma no protege las manos: las protege un guante homologado, y esa decisión se toma en la tienda, no en el arcén.

La referencia que debes buscar en la etiqueta es la norma europea EN 13594, la que certifica el guante de motorista y clasifica su protección en dos niveles, KP1 y KP2. Sin ese marcado, lo que llevas es una prenda textil con dedos.

Qué guantes valen y cuáles no

guantes homologados moto DGT

Las manos son lo primero que ponemos por delante cuando el suelo se acerca, y ese reflejo no se desactiva. Un guante de moto trabaja en tres frentes a la vez: resistencia a la abrasión en la palma, refuerzos rígidos sobre los nudillos y costuras que no se abren en el primer deslizamiento.

LS2 lo resume con una frase que conviene tener presente: ‘Las manos son una de las primeras partes del cuerpo que instintivamente utilizamos para protegernos ante una caída’, explica Sergi Ferrari, Project Manager de LS2 Europe. De ahí su campaña, y de ahí que la marca haya segmentado su gama en cuatro usos distintos: racing, touring, urban y adventure, con opciones para distintas temperaturas.

La elección depende del uso real y del clima, no del escaparate. Quien hace quince kilómetros diarios al trabajo no necesita un guante de circuito, y quien se pasa julio encadenando puertos de montaña no debería comprarse un modelo de verano en malla abierta esperando que aguante una tormenta a 1.200 metros de altitud.

Lo que cambia respecto a lo que había hasta ahora

Hasta hoy, el único elemento de protección obligatorio para cualquier motorista era el casco. Los guantes, la chaqueta, las botas y los pantalones entraban en el terreno de la recomendación, y las estadísticas de siniestralidad llevan años señalando las extremidades como la zona más castigada en los accidentes de moto.

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No es una medida pionera en Europa. Francia obliga a llevar guantes certificados desde 2016, y allí la exigencia se aplica también en trayectos urbanos. La reforma española es más prudente en el ámbito de aplicación, pero coincide en el criterio de fondo: el equipamiento tiene que estar diseñado para la moto, no vale simplemente porque tape la piel.

En cuanto a la sanción, la falta de uso del equipamiento obligatorio se castiga como infracción grave según el texto refundido de la Ley de Tráfico: la multa es de 200 euros, 100 con pronto pago en los veinte días siguientes. A diferencia del casco, no lleva aparejada pérdida de puntos del carnet, ni para el A1, ni para el A2, ni para el A.

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La parte discutible es el mapa. Media España se mueve en moto por ciudad, y ahí la norma no entra, aunque el riesgo de caída en un cruce a 30 km/h sea exactamente el mismo. La página oficial de la DGT mantiene publicada la obligación y las dudas razonables sobre cómo se trasladará a las vías urbanas en la próxima revisión del Reglamento.

Tu Mecánico de Confianza

  • Base legal: artículo 118 del Reglamento General de Circulación, modificado por la reforma aprobada en el Consejo de Ministros.
  • Ámbito: vías interurbanas, para conductores y pasajeros de motocicleta y ciclomotor.
  • Sanción: 200 euros, reducibles a 100 con el pronto pago en 20 días, sin retirada de puntos.
  • Homologación: busca el marcado EN 13594 y su nivel de prestaciones, KP1 o KP2, en la etiqueta interior.
  • Mantenimiento: revisa costuras y cierres una vez al año; un velcro vencido se suelta en la caída, no en el garaje.

Y un consejo que no está en la norma pero se nota en la mano: si compras sin probártelos, mide el contorno de la palma, no el largo de los dedos. Un guante que baila en la muñeca se convierte en un problema a los veinte minutos de ruta. Y si vas de paquete, recuerda que la obligación también es tuya.