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jueves, 12 diciembre 2024

El requisito de la DGT para que puedas circular a 150 km/h

Sólo existe un tipo de conductor que puede sobrepasar los límites de velocidad sin arriesgarse a ser multado. Este conductor puede incluso circular a 150 km/h en vías rápidas, en las que tu como máximo puedes viajar a 120 km/h. Y no hablamos precisamente de agentes de la Guardia Civil, agentes de Policía o conductores de vehículos de emergencia.

Además de todos los mencionados anteriormente, que pueden rebasar los límites de velocidad mientras realizan servicios urgentes y siempre que no comprometan la seguridad del resto de usuarios de la vía, existen otros conductores que pueden circular a 150 km/h. Siempre y cuando luzcan una placa específica.

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Circular a 150 km/h: solo para unos ‘privilegiados’

La DGT lucha a capa y espada contra los excesos de velocidad. Muestra de ello es la última normativa de no poder sobrepasar el límite de velocidad a la hora de adelantar en las carreteras secundarias. Estas además con un límite de 90 km/h.

También suenan rumores de que el máximo al que podremos viajar en vías rápidas se verá reducido de los actuales 120 km/h. Y parece que este límite se pondrá a 110 o 100 km/h. También como una medida para reducir el gasto de carburante, pero con el trasfondo de reducir el número de víctimas por exceso de velocidad.

Aún así te recordamos que hay coches que pueden circular a 150 km/h en esas vías rápidas. Siempre y cuando luzcan una placa denominada V12.

Espalda