El Tribunal de Rovereto ha anulado una multa por exceso de velocidad de 550 euros porque el radar que la impuso no contaba con la señalización obligatoria después de una intersección, según informa el diario italiano l’Adige. La sentencia da la razón al conductor, que recurrió hasta la segunda instancia tras ver confirmada la sanción por un juez de paz.
La multa de 550 euros en la carretera provincial
Los hechos se remontan a una noche de febrero de 2024. Un automovilista circulaba por la carretera provincial de la Destra Adige, cerca de Mossano, un tramo limitado a 70 km/h. El radar lo detectó a 130 km/h y la sanción llegó a su domicilio con una cuantía cercana a los 550 euros. El conductor decidió impugnarla y un primer juez de paz confirmó la multa, argumentando que el aparato estaba aprobado y que esa aprobación equivalía a la homologación exigida.
El fallo definitivo: la señalización que faltaba
En apelación, el Tribunal de Rovereto examinó el caso con más detalle y dio la vuelta a la decisión. El punto clave no fue la fiabilidad del radar (la sentencia decaró que tanto la aprobación como la homologación garantizan la misma precisión técnica), sino la ausencia de señales. El juez constató que pocas decenas de metros antes del radar había una intersección con la vía lateral Maso Foianeghe, que el Ayuntamiento de Isera calificó como camino comunal en una ordenanza municipal.

La normativa italiana obliga a repetir la señal de límite de velocidad justo después de cualquier cruce y a respetar la regla del kilómetro entre ese nuevo cartel y la ubicación del radar. En este caso no se cumplió ninguna de las dos condiciones, por lo que el dispositivo no podía estar colocado en aquel punto. La defensa del Ayuntamiento de Rovereto alegó que la calle era privada, pero los documentos demostraron lo contrario y la ordenanza posterior que impuso un sentido único no anulaba la existencia de la intersección en el momento de la infracción.
La falta de señalización tras una intersección convierte una multa aparentemente sólida en un acto ilegítimo, sin necesidad de discutir la exactitud del radar.
La sentencia recoge literalmente que “la omisión de la repetición del límite de velocidad después de la intersección y el incumplimiento de la regla del kilómetro vician la legitimidad del control con autovelox” y, por tanto, anula el boletín de sanción.
Lo que esto significa para España
Aunque el fallo se ha producido en Italia, el principio de que un radar mal señalizado invalida la multa es habitual en toda Europa. En España, la DGT exige que los radares fijos estén anunciados mediante carteles y que el dispositivo sea visible para el conductor. La legislación no es idéntica (aquí no existe una regla idéntica del kilómetro tras cada intersección), pero abundan los recursos por defectos en la señalización. La cobertura original italiana no detalla cómo se aplicaría este criterio en nuestro país, aunque el caso demuestra que recurrir una sanción cuando falta la cartelería obligatoria puede tener éxito.
El dato en contexto
- Origen del dato: Italia. La información procede del diario l’Adige, que ha tenido acceso a la sentencia del Tribunal de Rovereto.
- Cifra clave: 550 euros, la cuantía de la multa anulada por exceso de velocidad (130 km/h en zona de 70).
- Por qué se ha hecho viral: Muestra que un descuido en la señalización —la falta de carteles tras un cruce— puede tumbar una sanción incluso con un radar técnicamente válido.
- Equivalencia europea: En muchos países, incluido España, la mala señalización es motivo frecuente de anulación de multas de tráfico, aunque los requisitos exactos varían de un estado a otro.

