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Si vas a conducir olvida estos medicamentos contra la gripe

Conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas y/o sustancias estupefacientes, no solo es contraproducente, también esta penado por imprudencia como un delito contra la seguridad vial. Ingerir medicamentos con prescripción facultativa ante una enfermedad aguda o crónica, no es deseo de nadie, pero en demasiadas ocasiones es necesario y más en esta época en que la gripe y los catarros inundan el mapa sanitario español.

Cuando te medicas, te estas drogando

cuidado con los medicamentos al conducir

Los artículos 10 y 14 de la ley de tráfico y seguridad vial dejan muy claras las obligaciones que todo conductor debe comportar a la hora de conducir:

Artículo 10. Usuarios, conductores y titulares de vehículos. » El conductor debe utilizar el vehículo con la diligencia, precaución y atención necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto a sí mismo como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de usuarios de la vía, especialmente a aquellos cuyas características les hagan más vulnerables.»
Artículo 14. Bebidas alcohólicas y drogas. » No puede circular por las vías objeto de esta Ley el conductor de cualquier vehículo… con presencia de drogas en el organismo, de las que se excluyen aquellas sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica, siempre que se esté en condiciones de utilizar el vehículo…»

Se estima que cerca del 10% de los accidentes de tráfico se deben a maniobras incorrectas del conductor, por consumo de medicamentos que alteran la capacidad para conducir. En la Unión Europea, el 10% de los muertos o lesionados por accidentes de tráfico había tomado algún tipo de medicación psicoactiva. Cerca del 30% de los conductores está en tratamiento y de éstos, más del 64% toma dos o más fármacos simultáneamente. La indicación conjunta de varios medicamentos es importante, por la interacción que puede establecerse entre ellos.