Desde el 1 de octubre de 2026, circular en moto sin guantes homologados por vías interurbanas te costará 200 euros. La DGT los hace obligatorios con la reforma del Reglamento General de Circulación: lo que hasta ahora era puro sentido común pasa a ser una exigencia con multa detrás.
La nueva obligación alcanza a quienes van en moto o en ciclomotor. Si te paran en carretera sin guantes de protección, hay sanción, y la cifra no es simbólica: 200 euros. El texto legal es preciso con las vías y muy poco concreto con los detalles técnicos, algo que conviene entender antes de que llegue la fecha.
Qué exige la reforma del Reglamento General de Circulación y a quién afecta
La norma se aplica cuando circulas por vías interurbanas: carreteras convencionales, autovías y autopistas. En el texto publicado, la exigencia se limita a ese ámbito. En ciudad, de momento, nada cambia.
La medida forma parte del paquete de reforma del Reglamento General de Circulación y se suma a otros cambios ya sobre la mesa, como el uso del arcén a 30 km/h en los atascos. La línea es la misma: más equipamiento de protección y menos margen para la improvisación encima de la moto. Hasta el 1 de octubre, llevar guantes sigue siendo una decisión libre. Desde esa fecha, no.
Cómo saber si tus guantes están homologados
Aquí está el nudo de la cuestión. La reforma obliga a llevar guantes homologados, pero remite la homologación concreta a una Orden Ministerial que todavía no se ha publicado. Traducido a la vida real: la obligación arranca el 1 de octubre y las características técnicas definitivas siguen sin estar definidas por escrito.
La ley llega antes que las instrucciones: la obligación arranca el 1 de octubre y los requisitos técnicos de los guantes siguen sin publicarse.
Mientras se publica ese texto, la norma abre una fase transitoria. Durante ese periodo valen los guantes de protección equivalentes a los que se emplean hoy, esto es, los fabricados bajo la norma europea EN 13594:2015: guantes diseñados para moto que han superado ensayos de abrasión, resistencia y protección de nudillos.
Comprobar si los tuyos entran dentro es sencillo. Basta con mirar la etiqueta interior, que traen todos:
- Marcado CE, que acredita el cumplimiento de la normativa europea.
- Referencia EN 13594:2015, la norma específica de guantes para motorista.
- Pictograma del motorista, el símbolo que identifica el producto como equipo de protección para moto.
Cuánto cuesta en euros y qué pasa con los guantes antiguos
La sanción prevista es de 200 euros. Como en la mayoría de multas de tráfico, existe la vía del pronto pago: si abonas en los 20 días siguientes a la notificación y renuncias a alegar, la reducción habitual del 50% deja la factura en 100 euros. Eso sí, esa rebaja cierra la puerta a discutir la sanción, así que conviene decidir con la notificación delante.
En un control, lo lógico es que la comprobación pase por revisar el etiquetado interior del guante: sin certificación visible, el guante no acredita nada.
Sobre los guantes viejos, hay una buena noticia. No existe ninguna disposición publicada que invalide unos guantes homologados por el simple hecho de tener años. Si conservan su etiquetado y en su día se certificaron para uso motociclista, nada indica que dejen de ser válidos a partir de octubre.
La letra pequeña: la Orden Ministerial que aún falta
La reforma llega con una paradoja que ya hemos visto otras veces: la obligación entra en vigor antes que las instrucciones técnicas que la desarrollan. El propio texto legal contempla que la homologación específica quede pendiente de esa Orden Ministerial posterior, de modo que durante un tiempo convivirán una exigencia sancionable y un vacío sobre el modelo exacto de guante.
En la práctica, eso deja al motero en una posición incómoda. Sabe que desde el 1 de octubre puede ser multado por llevar el guante equivocado, pero no dispone de una lista oficial cerrada con las características exigibles. La salida más sensata es la prudencia. Si tus guantes lucen el etiquetado europeo de motorista, vas cubierto conforme al criterio transitorio que recoge la norma. Si no lo llevan, toca renovarlos antes de la fecha, y no el día antes.
Antes de esta reforma, los guantes eran una recomendación de manual de seguridad vial, no una obligación sancionable. Ese escenario cambia a partir del 1 de octubre y encaja con la línea que la Dirección General de Tráfico viene siguiendo en los últimos años, convirtiendo en exigibles equipamientos que antes solo se aconsejaban. El siguiente hito ya tiene nombre: la Orden Ministerial que concretará qué guante vale y cuál no. Hasta que se publique, la referencia práctica son los certificados bajo la norma EN 13594:2015, y esa etiqueta interior es lo primero que conviene revisar antes de salir a carretera.
Claves de la Normativa
- A quién afecta: a conductores de moto y ciclomotor que circulen por vías interurbanas, es decir, carreteras convencionales, autovías y autopistas.
- Cifras a tener en cuenta: 200 euros de multa desde el 1 de octubre de 2026, que se quedan en 100 euros con el pronto pago en 20 días. En la etiqueta deben aparecer el marcado CE y la referencia EN 13594:2015.
- Consejo para evitarlo: revisa hoy la etiqueta interior de tus guantes y, si falta el pictograma de motorista, renueva antes de la entrada en vigor.

