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La DGT lo deja claro: con estas enfermedades no podrás conducir ni renovar tu carnet

La DGT lo deja claro: con estas enfermedades no podrás conducir ni renovar tu carnet.

Todo el mundo sabe que para poder tener el carnet de conducir o para proceder a la renovación del mismo los conductores van a tener que pasar por unas pruebas.

Se trata de pruebas médicas y psicotécnicas aunque muchos se piensan que solamente es un trámite y solamente miran si la visión o audición están en buenas condiciones.

A día de hoy existen muchas dolencias además de enfermedades que probablemente afectarán a cada una de las habilidades al volante.

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¿Qué pasa si se recibe un no apto por parte de la DGT?

Os diremos que la Dirección General de Tráfico se ha encargado de recoger un listado de cada una de las enfermedades con las que se va a necesitar tener un informe favorable.

Y nos referimos a un informe favorable por parte del médico especialista en el caso de que el usuario quiera llevar a cabo la renovación del permiso de conducir.

En el caso de que se carezca de dicho informe, ningún Centro de Reconocimiento de Conductores va a poder realizar la tramitación.

Entre las enfermedades que indica la Dirección General de Tráfico podemos encontrar las siguientes:

  • Arritmias cardíacas: en el caso de que la persona haya llegado a sufrir una arritmia que le haya provocado cierta pérdida de atención no va a poder prorrogar la licencia.
  • Aneurisma de grandes vasos: sin indicación de ninguna cirugía y con un informe que sea favorable del especialista posiblemente se le dará 1 y 10 años de vigencias para que pueda proceder a renovar el carnet.
  • Diabetes Mellitus insulinodependiente o con medicamentos hipoglicemiantes: en el caso de que el paciente cuente con un informe que sea favorable posiblemente se le dará entre 1 año y 5 años de plazo en el caso de que quiera renovar el permiso.