Dvuelta ha ganado 392 recursos contra las multas de las cámaras que vigilan la línea continua en los accesos a Madrid. Tráfico ha archivado todos los expedientes al admitir que el sistema con el que sanciona no cumple lo que exige la ley.
Las cuatro cámaras llevan en servicio desde noviembre de 2025 y, desde entonces, esta asociación de defensa de los conductores ha revisado expediente a expediente hasta reunir esos 392 archivos en vía administrativa, sin pisar los tribunales. El motivo se repite siempre: la denuncia no incluye la prueba que demuestra que el coche cruzó la línea. Dos capturas de matrícula en puntos distintos no sitúan la maniobra ni aclaran si existía una causa que la justificara.
Lo que necesitas saber
- Por qué es importante: Tráfico ha admitido en 392 expedientes que su sistema de cámaras no aporta la prueba exigida, así que una denuncia con ese mismo patrón es recurrible.
- Cómo te afecta: si tu coche aparece en una de estas cuatro cámaras de Madrid, la multa es de 200 euros y puedes alegar que no existe fotografía del momento de la maniobra.
- Puntos clave y plazos: las cámaras operan desde noviembre de 2025 en la A-1, la A-2, la A-6 y la A-42; hay 20 días naturales desde la notificación para alegar y el pago anticipado rebaja la sanción a la mitad.
Cómo funciona el sistema que te multa
La notificación llega con la misma fórmula en todos los casos: no respetar una marca longitudinal continua sin causa justificada, infracción captada por cámara de control. La sanción tipo es de 200 euros, que se quedan en 100 si se paga dentro de los 20 días siguientes.
Para detectar la maniobra, la DGT instala dos cámaras con reconocimiento de matrícula por tramo. Una vigila el inicio del carril protegido; la otra, el final. El sistema cruza las dos lecturas y, si el vehículo aparece fuera del carril en la primera imagen y dentro en la segunda, concluye que ha atravesado la línea.
Lo que no aporta es la imagen del instante en que se produce el cruce. Y ahí se rompe la cadena: cuando una denuncia se apoya en un sistema de captación de imágenes, la prueba fotográfica debería mostrar el coche pisando la línea.
Dos lecturas de matrícula en puntos distintos no demuestran cuándo ni cómo se cruzó la línea: la foto que falta es justo la que decide la sanción.
Dónde están y qué falta en el expediente
- La A-1, en el kilómetro 15,9, dentro de Alcobendas.
- La A-2, en el kilómetro 11,8, junto a Barajas.
- La A-6, en el kilómetro 20,2, en término de Las Rozas.
- La A-42, en el kilómetro 16,9, en Getafe.
En los archivos revisados tampoco consta la placa identificativa de la cámara, un dato que la ley exige. Las áreas videovigiladas, además, deben estar señalizadas con carteles que avisen de su presencia, y los recursos cuestionan que esos avisos existan o resulten visibles en estos cuatro tramos de entrada a la capital.
De ahí el argumento que ha acabado convenciendo a Tráfico: si el medio técnico para acreditar la infracción existe y no se aporta, prevalece la presunción de inocencia. El conductor no tiene que demostrar que no cruzó; es la Administración la que debe probar que sí.
Qué hacer si te llega una de estas denuncias
Antes de pagar, pide el expediente completo. Merece la pena comprobar tres cosas: que exista la fotografía del momento de la maniobra, que figure la identificación de la cámara y que el tramo esté señalizado como zona videovigilada.
Si alguna de las tres falla, hay margen para alegar. El plazo es de 20 días naturales desde la notificación y el escrito se presenta en la sede electrónica de la DGT con el número de expediente en la mano.
Ojo con el calendario: pagar dentro de esos mismos 20 días rebaja la multa al 50 %, pero implica renunciar al recurso. Son dos caminos incompatibles y toca elegir uno. El procedimiento y los modelos de escrito están explicados en la web oficial de la DGT.
La asociación sostiene que el defecto no está en un expediente concreto, sino en el diseño del sistema, que es idéntico en los cuatro tramos. Si eso es así, el número de recursos que se pueden ganar depende solo de cuánta gente decida reclamar antes de pagar.
Lo que sigue abierto: las cámaras no se han apagado
Tráfico no ha anulado el sistema. Ha archivado denuncias una a una, cuando el afectado ha recurrido, y eso deja una situación a medias: las cuatro cámaras siguen instaladas y pueden seguir emitiendo notificaciones con el mismo patrón. Dvuelta defiende que deberían dejar de multar hasta que se corrijan las irregularidades.
El precedente no es aislado. Semanas antes de este balance ya se conoció el caso de otro conductor que ganó un recurso por una de estas denuncias, con el mismo fondo: ausencia de prueba gráfica de la maniobra. La diferencia ahora es la escala, casi cuatrocientos expedientes resueltos por la vía administrativa y sin sentencia judicial de por medio.
Conviene distinguir entre ganar y ganar en firme. Un archivo administrativo no crea jurisprudencia ni obliga a Tráfico a rediseñar el sistema, pero sí demuestra que la Administración reconoce el defecto cuando alguien se lo pone delante. Y no hace falta abogado ni procurador: basta un escrito con los hechos y la petición expresa de la prueba fotográfica.
Mientras no haya un pronunciamiento judicial, el precedente vale para lo que vale: 392 veces aceptado el mismo argumento es una referencia útil para cualquiera que reciba una denuncia parecida en cualquier otra vía con cámaras de reconocimiento de matrícula.
No hay fecha anunciada para que el sistema se modifique. El próximo hito, para el conductor, sigue siendo el de siempre: los 20 días naturales desde la notificación, que es todo el margen para alegar o para acogerse al descuento del 50 %.


