La campaña de la DGT deja 9.000 multas por distracciones: 3.816 por el móvil y solo 29 por fumar al volante

La DGT no sanciona el cigarro en sí, sino el despiste que provoca encenderlo o buscar el mechero, y solo si el agente aprecia pérdida de atención. Tirar la colilla por la ventanilla sí es una infracción muy grave: 500 euros y 6 puntos.

Las multas por distracciones de la DGT suman 9.000 denuncias: 3.816 por el móvil y solo 29 por fumar.

Lo que necesitas saber

  • Por qué es importante: la DGT ha cerrado su campaña de distracciones con más de 9.000 denuncias y el móvil se lleva casi la mitad.
  • Cómo te afecta: fumar al volante no está prohibido, pero puede costarte 200 euros si el agente considera que te ha distraído.
  • Puntos clave y plazos: 200 euros por distracción (100 con pronto pago en 20 días) y 500 euros más 6 puntos si tiras la colilla por la ventanilla.

Qué ha dejado la campaña: 9.000 multas y el móvil muy por delante

La Dirección General de Tráfico ha cerrado una nueva campaña de vigilancia de distracciones con **más de 9.000 denuncias**, según los datos difundidos esta semana. El reparto es muy desigual. El teléfono móvil concentra **3.816 multas**, mientras que el tabaco se queda en 29. La diferencia no es menor: una conducta tiene artículo propio y la otra no.

El dato de las 29 denuncias por fumar ha reabierto el debate de cada año. ¿Se puede fumar conduciendo en España? Sí. ¿Te pueden multar por hacerlo? También. La clave está en entender qué se sanciona exactamente.

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Ni la **Ley de Tráfico** ni el Reglamento General de Circulación recogen el tabaco como infracción específica. No existe un artículo que diga ‘prohibido fumar al volante’. Lo que existe es una obligación general que sí se aplica: la de mantener **atención permanente a la conducción**, recogida en el artículo 18.1 de ese reglamento.

No se multa el cigarro: se multa el segundo en que apartas la vista de la carretera para encenderlo o buscar el mechero.

Por eso **la multa por fumar al volante es de 200 euros** y no resta puntos, pero solo llega si el agente considera que el gesto te ha descentrado. No es una sanción por fumar. Es una sanción por distracción. Y como infracción grave, ese importe se queda en **100 euros si se paga en los 20 días siguientes**.

Cuándo el gesto se convierte en distracción

Encender un cigarro obliga a soltar el volante, hurgar en la guantera o mirar de reojo la ceniza. Cualquiera de esas maniobras aparta los ojos de la vía, y ahí es donde entra el artículo 18.1. Un segundo de despiste basta para que el coche de delante frene antes de que reacciones.

En la práctica, esto significa que dos conductores pueden hacer lo mismo y recibir respuestas distintas. Uno pasa sin sanción; otro se lleva **200 euros** porque el agente entendió que hubo distracción. Esa discrecionalidad es la que alimenta la polémica cada vez que se publican datos como los de esta campaña.

Con el móvil el criterio es mucho más firme. Usar el teléfono sujetándolo con la mano está tipificado como infracción grave: **200 euros y 6 puntos del carné**. No hace falta que provoques un accidente ni que el agente interprete nada. El gesto, por sí solo, ya es la infracción. Ahí no hay debate posible.

La colilla por la ventanilla: 500 euros y 6 puntos

Hay un supuesto en el que el tabaco deja de ser una distracción discutible y se convierte en una infracción clarísima. Arrojar la colilla por la ventanilla es una conducta **muy grave**: **500 euros de multa y 6 puntos del carné**, además del riesgo evidente de incendio.

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Una colilla mal apagada en la cuneta es uno de los detonantes habituales de incendios en verano y en periodos de sequía. Por eso la norma no se anda con matices aquí. No depende de lo que el agente opine sobre tu atención: tirar el cigarro por la ventanilla es la infracción, y basta con verlo para acreditarla.

El móvil no da tregua y el tabaco sigue en zona gris

Las distracciones encabezan las estadísticas de siniestralidad en España y están presentes en **torno al 30% de los accidentes mortales**, según los datos que maneja la DGT. Ese porcentaje explica por qué las campañas de vigilancia se repiten cada año y por qué el foco sigue puesto en el teléfono. Es la distracción más frecuente, la más visible desde fuera y la más fácil de sancionar.

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Las 29 denuncias por fumar cuentan otra historia. No significan que la conducta sea inocua, sino que es difícil de detectar desde el exterior y que la propia norma no la persigue por sí misma. El conductor que enciende un cigarro en un semáforo probablemente no llame la atención de nadie; el que va mirando la pantalla, sí.

Queda por ver cómo evoluciona el criterio. La página oficial de la DGT mantiene su calendario de campañas de vigilancia y las distracciones seguirán entre las prioritarias, con el móvil como objetivo principal. El balance anual de siniestralidad, que se publica con el cierre del año, dirá si el mensaje cala. Mientras tanto, la frontera entre un cigarro y una multa de 200 euros la sigue poniendo el agente.

Conviene tenerlo apuntado. Si fumas al volante, el riesgo real no es la sanción: es el segundo en que dejas de mirar la carretera. Y si lo que se te cae es la colilla por la ventanilla, ahí ya no hay interpretación que valga: 500 euros, 6 puntos y un incendio posible.