Un conductor ha sido investigado tras ser cazado circulando a 242 km/h en la carretera EX-A1, a la altura de Malpartida de Plasencia (Cáceres). Ese exceso de velocidad no se salda con una multa de tráfico: la Guardia Civil ha instruido diligencias por un presunto delito contra la seguridad vial.
Un radar caza a 242 km/h en la EX-A1
Los hechos se remontan al pasado 8 de septiembre, cuando un control de velocidad de la Guardia Civil detectó un turismo circulando a 242 km/h en una vía interurbana. Según la nota de prensa difundida por el cuerpo, los agentes interceptaron el vehículo e identificaron al conductor en ese mismo punto.
Tras las comprobaciones oportunas, se instruyeron las diligencias correspondientes por un presunto delito contra la seguridad vial recogido en el artículo 379.1 del Código Penal. Este precepto castiga al que conduzca un vehículo a motor a una velocidad superior en más de 80 km/h a la permitida reglamentariamente en vía interurbana. Con 242 km/h, el margen de exceso deja poco margen a la interpretación.
La Guardia Civil recuerda que la velocidad excesiva es uno de los principales factores de riesgo para la seguridad vial. Incrementa la distancia necesaria para detener el vehículo y reduce el tiempo disponible para reaccionar ante un imprevisto. Por eso mantiene controles de velocidad específicos, como el que detectó este caso en la EX-A1.
Circular a más de 80 km/h por encima del límite no es una infracción administrativa: es un delito con antecedentes penales y cárcel en el horizonte.
Qué penas conlleva el artículo 379.1 del Código Penal
El artículo 379.1 del Código Penal castiga la conducción a velocidad excesiva en vía interurbana con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad. En todos los casos, el juez impondrá además la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo de 1 a 4 años.
No se trata de una multa administrativa al uso. La multa penal se calcula con una cuota diaria que el tribunal fija según la capacidad económica del condenado, y puede suponer un desembolso muy superior al de una sanción de tráfico. Además, la retirada del carnet no equivale a la pérdida de puntos: es una pena que prohíbe conducir durante el periodo exacto que marque la sentencia.
Por tanto, el conductor detectado en la EX-A1 se enfrenta a un horizonte penal real, no a un simple expediente sancionador. La decisión final corresponderá al juzgado, que valorará las circunstancias del caso, la velocidad medida por el radar y el atestado de la Guardia Civil.
Cuándo la velocidad se convierte en delito
El límite entre la sanción administrativa y el delito penal está en la magnitud del exceso. En vía interurbana, superar en más de 80 km/h el límite legal activa el artículo 379.1 del Código Penal. En vía urbana, el umbral baja a 60 km/h por encima de lo permitido. No hace falta provocar un accidente: el simple hecho de circular a esas velocidades ya constituye delito.
Eso significa que, en una autovía limitada a 120 km/h, pisar el acelerador hasta superar los 200 km/h te coloca ante un juzgado de lo penal. En el caso de la EX-A1, la velocidad registrada de 242 km/h supera ese listón con holgura.
La Guardia Civil ha insistido en que los controles no buscan solo sancionar, sino prevenir conductas que pongan en peligro al resto de usuarios. El exceso de velocidad, recuerda, agrava las consecuencias de cualquier siniestro vial, tanto para los ocupantes del vehículo como para terceros.
La recomendación del asesor es clara: respeta los límites por muy despejada que veas la carretera. Superar el umbral penal convierte un mal día al volante en algo mucho más serio, con prisión, multa económica y sin carnet durante años.

Ficha de la Multa
- A quién afecta: A cualquier conductor que supere en más de 80 km/h el límite en vía interurbana o en más de 60 km/h en vía urbana.
- Cifras a tener en cuenta: Prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses con cuota diaria según capacidad económica y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
- Consejo para evitarlo: Respeta los límites de velocidad; superar el umbral penal convierte un exceso en delito con antecedentes.

