La reforma del Reglamento General de Circulación, aprobada el 23 de junio por el Consejo de Ministros, entra en vigor el 1 de octubre de 2026 y cambia por completo la convivencia entre coches y bicicletas en ciudad. A partir de esa fecha, los ciclistas podrán ocupar el centro del carril y circular en sentido contrario en calles de 30 km/h. Si como conductor no guardas los 5 metros de distancia con la bici que te precede, te arriesgas a una multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet.
Qué cambia para los ciclistas a partir del 1 de octubre
La reforma del Reglamento General de Circulación, publicada en el BOE, introduce dos novedades principales para la circulación de bicicletas en vías urbanas. La primera es que los ciclistas podrán circular preferentemente por el centro del carril en ciudad. No es una opción caprichosa: la Dirección General de Tráfico explica que esta posición mejora la visibilidad del ciclista, reduce el riesgo de adelantamientos demasiado próximos y evita accidentes con puertas de coches estacionados. Muchas ordenanzas municipales, como la de Madrid, ya lo recomendaban, pero ahora tiene rango de norma estatal.
Otra gran novedad es la posibilidad de que los ayuntamientos autoricen, mediante señalización específica, la circulación en ambos sentidos de las bicicletas en calles de un único carril limitadas a 30 km/h o menos. Lo que significa que el ciclista podrá avanzar en dirección contraria al sentido general de la vía siempre que exista esa señalización. Si un vehículo y una bici se encuentran en esa situación, el conductor deberá orillarse a su derecha para facilitar el paso con seguridad. Si no fuera posible, tendrá prioridad el vehículo que circule en el sentido establecido para la calle.
Cómo afecta a los conductores: distancia de 5 metros y reducción de velocidad
Las obligaciones para quien va al volante se endurecen. La reforma establece que todo vehículo a motor deberá mantener una distancia mínima de cinco metros respecto al ciclista que circule delante en el mismo carril. No es una recomendación: es una obligación cuyo incumplimiento se considera infracción grave y puede acarrear 200 euros de multa y 4 puntos menos.
Además, se mantiene la obligatoriedad de dejar al menos 1,5 metros de separación lateral al adelantar, y se añade un requisito extra: cuando se adelante a un ciclista en carretera, será obligatorio reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Si la carretera tiene más de un carril por sentido, el conductor deberá ocupar completamente el carril contiguo, sin compartir espacio con la bicicleta. La Guardia Civil de Tráfico ya ha anunciado que vigilará de cerca estos nuevos deberes en sus campañas de control.
Casco para todos y chaleco para los repartidores
La reforma también elimina las exenciones que hasta ahora permitían circular sin casco en municipios. A partir del 1 de octubre, todos los ciclistas deberán llevar casco en vías interurbanas. En cuanto a los riders o repartidores que trabajan en bicicleta, la norma es aún más estricta: tendrán que portar siempre casco y chaleco reflectante, sin excepción alguna. Cada incumplimiento de esta obligación supone una sanción de 200 euros.
Circular en bici por el centro del carril puede parecer contraintuitivo, pero la DGT lo avala para reducir adelantamientos peligrosos y la temida apertura de puertas.
Una reforma con el foco en los usuarios vulnerables
Las medidas sobre los ciclistas son solo una parte de un cambio más amplio. Por primera vez, el Reglamento General de Circulación introduce la figura del usuario vulnerable de la vía, que engloba a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes y otros vehículos de movilidad personal. La filosofía es clara: adaptar la normativa a una movilidad más centrada en las personas y en los entornos urbanos, reforzando la protección de quienes más riesgo corren en caso de accidente.
La reforma, aprobada por el Consejo de Ministros el 23 de junio de 2026 y publicada en el BOE, entrará en vigor el 1 de octubre, dando unos meses para que ayuntamientos, conductores y ciclistas se adapten. A partir de esa fecha, cada incumplimiento de las nuevas obligaciones podrá traducirse en multas y puntos. Si tienes que adelantar a un ciclista, reduce velocidad, guarda la distancia y no te la juegues: la DGT ya ha demostrado que no duda en sancionar cuando se pone en peligro a los usuarios más frágiles de la calzada.
Ficha de la Multa
- A quién afecta: Conductores de coches, motos y vehículos a motor que compartan calzada con ciclistas; también ciclistas y repartidores en bici.
- Cifras a tener en cuenta: 200 euros de multa y 4 puntos por no guardar los 5 metros de distancia con el ciclista que va delante; otros 200 euros por no llevar casco o chaleco reflectante si eres repartidor. La reducción de 20 km/h al adelantar es obligatoria: saltársela también es sancionable.
- Consejo para evitarlo: Mantén siempre al menos 5 metros de separación al seguir a una bicicleta, reduce la velocidad al acercarte y cambia de carril por completo si la vía lo permite. En calles de 30 km/h con señal de doble sentido ciclista, extrema el cuidado: el ciclista puede venir de frente.

