La multa de 100 euros de la DGT por no llevar el nuevo documento de inscripción del vehículo

La Guardia Civil de Tráfico intensifica los controles sobre patinetes eléctricos y VMP. Circular sin la inscripción en el registro de la DGT cuesta 100 euros, y desde el 1 de octubre el casco pasa a ser obligatorio.

La DGT multa con 100 euros circular sin el nuevo documento de inscripción del vehículo. La Guardia Civil de Tráfico ha reforzado los controles en carretera para comprobar que los vehículos de movilidad personal (VMP) están dados de alta en el registro oficial.

Qué es el documento de inscripción y a quién afecta

Los VMP —patinetes eléctricos y vehículos similares— tienen que estar inscritos en el registro de la DGT desde el pasado 30 de enero y contar con un seguro obligatorio. El trámite se realiza en la sede electrónica del organismo, y solo en la provincia de Almería ya hay cerca de 6.000 vehículos inscritos.

Al darse de alta, el vehículo obtiene su documento de inscripción, la prueba de que está legalmente en circulación. Circular sin él se castiga con 100 euros, la misma cifra que se aplica por transportar más pasajeros de los permitidos o por rodar por la acera.

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Cuánto cuesta cada incumplimiento, en euros

documento inscripción vehículo DGT

La normativa de los VMP no se anda con rodeos y despliega una batería de sanciones según la conducta. Estas son las cantidades que conviene tener grabadas:

  • Falta de inscripción en la DGT: 100 euros.
  • No llevar la etiqueta identificativa: 80 euros.
  • No disponer del certificado de circulación: 200 euros.
  • Circular por vías interurbanas, travesías o túneles urbanos: 200 euros.
  • Alcoholemia o drogas: entre 500 y 1.000 euros; negarse al control, 1.000 euros.
  • No tener contratado el seguro obligatorio: 200, 300, 610 u 800 euros.

A esas cifras se suman otras que ya están en marcha: el incumplimiento de los requisitos técnicos del vehículo se sanciona con 80, 200 o 500 euros. Traducido al bolsillo, llevar un VMP sin papeles puede salir bastante más caro que el propio vehículo.

La inscripción en el registro no es un trámite cosmético: sin el documento, cualquier control de la Guardia Civil acaba en una sanción de 100 euros.

Lo que cambia a partir del 1 de octubre

Desde el próximo 1 de octubre, moverse en VMP será más exigente. Entra en vigor la obligación de usar casco homologado o certificado, tener al menos 15 años y llevar un elemento luminoso reflectante de noche o con poca visibilidad.

Cada uno de esos incumplimientos se sanciona con 200 euros, la misma cantidad que usar el móvil o los auriculares al manillar. Conducir con menos de 15 años también se castiga con 200 euros.

Por qué Tráfico aprieta ahora los controles

El contexto ayuda a entender el celo de los agentes. La Jefatura Provincial de Tráfico y la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de Almería han desplegado del 16 al 22 de septiembre una campaña provincial en vías interurbanas para proteger a los peatones y vigilar la circulación de VMP por carretera, donde tienen prohibido circular. La iniciativa se enmarca en la Semana Europea de la Movilidad.

Los datos justifican la vigilancia. Entre 2019 y 2025, 28 peatones fallecieron en atropellos en carretera —17 de ellos en vías convencionales— y en 2026 ya han muerto dos más. Solo en 2025 perdieron la vida siete peatones en carretera, y únicamente uno llevaba elementos reflectantes; cinco caminaban de noche. Entre 2021 y 2026 se han registrado 245 accidentes de VMP en carretera, con tres conductores fallecidos en vías interurbanas entre 2025 y 2026.

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Las denuncias a VMP por circular por carretera no bajan: 411 en 2023, 510 en 2024, 535 en 2025 y 508 en lo que va de 2026, hasta un total de 1.964 desde 2023. El ritmo de este año se mantiene alto a pesar de que la inscripción en el registro es obligatoria desde enero.

El calendario no se detiene ahí. El próximo 1 de octubre entrará en vigor la mayor parte de la reforma del Reglamento General de Circulación, que trae más cambios además del documento de inscripción. Puedes consultar los detalles en el Boletín Oficial del Estado.

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Fuera de poblado, quien adelante a un ciclista tendrá que bajar al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía y, si hay más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril, guardando 1,5 metros de separación lateral. En ciudad, la distancia mínima con un ciclista que ruede delante en el mismo carril será de cinco metros. Incumplir cualquiera de las dos reglas es infracción grave: 200 euros y 6 puntos del carnet menos.

La reforma también prohíbe adelantar en autopistas y autovías cuando nieva sobre la calzada y permite que las motos circulen por el arcén para salir de los atascos. Menos margen para el despiste y más sanción para quien no cumple.