El patinete eléctrico ha pasado de ser un simple complemento a convertirse en actor clave de la movilidad urbana española. Miles de usuarios lo utilizan cada día para ir a trabajar, estudiar o moverse con agilidad por entornos cada vez más congestionados. Pero ese crecimiento acelerado también ha traído dudas legales, conflictos de convivencia y una normativa que, hasta ahora, no siempre ha sido clara.
El 26 de enero marcará un punto de inflexión. La Dirección General de Tráfico (DGT) activará entonces cambios importantes que afectarán a determinados modelos de patinete eléctrico y a sus usuarios. Para entender qué entra en vigor, qué se aplaza y qué obligaciones existen ya, hablamos con Sergio, técnico de movilidad que lleva más de 20 años analizando la evolución del transporte urbano.
4Multas y consecuencias de circular sin seguro
Cuando la normativa esté plenamente vigente, las sanciones por circular sin seguro obligatorio oscilarán entre los 200 y los 1.000 €. En el caso de los patinetes que ya están obligados a ello, las multas ya pueden aplicarse. «La ley no hace distinciones: si estás dentro del supuesto, estás obligado», recuerda Sergio.
Además, hay un aspecto poco conocido. El Consorcio de Compensación de Seguros solo cubre los daños personales si un patinete sin seguro causa un accidente. Los daños materiales quedan fuera. Ello puede suponer un problema económico para el usuario responsable del siniestro, incluso aunque el patinete sea de uso personal y no profesional.


