El patinete eléctrico ha pasado de ser un simple complemento a convertirse en actor clave de la movilidad urbana española. Miles de usuarios lo utilizan cada día para ir a trabajar, estudiar o moverse con agilidad por entornos cada vez más congestionados. Pero ese crecimiento acelerado también ha traído dudas legales, conflictos de convivencia y una normativa que, hasta ahora, no siempre ha sido clara.
El 26 de enero marcará un punto de inflexión. La Dirección General de Tráfico (DGT) activará entonces cambios importantes que afectarán a determinados modelos de patinete eléctrico y a sus usuarios. Para entender qué entra en vigor, qué se aplaza y qué obligaciones existen ya, hablamos con Sergio, técnico de movilidad que lleva más de 20 años analizando la evolución del transporte urbano.
3¿Por qué se ha aplazado el registro de los VMP?
Uno de los grandes anuncios que se esperaban para enero era la obligación general de matricular y asegurar todos los patinetes eléctricos. Sin embargo, la Dirección General de Tráfico (DGT) tuvo que dar marcha atrás. El motivo es técnico y jurídico: el registro oficial de VMP aún no está regulado mediante real decreto, a pesar de que su desarrollo esté prácticamente terminado.
“El Consejo de Ministros tramitó el decreto por vía de urgencia, pero no llegó a tiempo”, explica Sergio. Mientras ese registro no exista legalmente, no puede exigirse una obligación que dependa de él. Por eso, el seguro obligatorio general queda aplazado, aunque con excepciones muy concretas que ya entran en vigor.


