El patinete eléctrico ha pasado de ser un simple complemento a convertirse en actor clave de la movilidad urbana española. Miles de usuarios lo utilizan cada día para ir a trabajar, estudiar o moverse con agilidad por entornos cada vez más congestionados. Pero ese crecimiento acelerado también ha traído dudas legales, conflictos de convivencia y una normativa que, hasta ahora, no siempre ha sido clara.
El 26 de enero marcará un punto de inflexión. La Dirección General de Tráfico (DGT) activará entonces cambios importantes que afectarán a determinados modelos de patinete eléctrico y a sus usuarios. Para entender qué entra en vigor, qué se aplaza y qué obligaciones existen ya, hablamos con Sergio, técnico de movilidad que lleva más de 20 años analizando la evolución del transporte urbano.
5El certificado VMP, otro requisito que gana peso
Más allá del seguro, la DGT insiste en otro punto clave: el certificado de uso del patinete. Todos los VMP comercializados desde 2024 deben contar con este documento que acredita que cumplen con las características exigidas por Tráfico. Los patinetes vendidos antes del 21 de enero de 2024 podrán circular sin certificado hasta el 22 de enero de 2027.
«A partir de esa fecha, no habrá excepciones», advierte Sergio. Solo podrán circular los patinetes certificados, con su número VMP correspondiente. El usuario deberá informarse bien antes de comprar, pues no todo lo que se vende como patinete eléctrico cumple legalmente con la definición del Reglamento General de Vehículos.


