María (44), abogada: «Con la ley en la mano, denunciar a alguien que aparca en su propio vado está más que justificado»

No está permitido aparcar en un vado, y a la ley no le importa si eres un conductor más o el propietario de esta autorización municipal.

La ley es igual para todos, o así debería ser. Por esa razón, igual que ningún conductor puede aparcar en un vado, su propietario tampoco tiene carta blanca para dejar ahí su propio coche. De hecho, con el Reglamento General de Circulación (RGC) en la mano, tienes argumentos de sobra para denunciar.

El vado no es un aparcamiento privado, aunque mucha gente todavía lo vea así», explica María, abogada que lleva varios años lidiando con conflictos relacionados con el tráfico. Parece un aspecto sencillo, hasta que deja de serlo.

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Aparcar en tu propio vado: esto es lo que dice la ley

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Fuente: propia / IA

Es la pregunta que muchos propietarios se hacen. Si el vado es mío, ¿puedo aparcar ahí? La respuesta es un no rotundo, con la ley en la mano.

El uso del vado está restringido a facilitar el acceso al inmueble. Aparcar, aunque sea el propio titular, se considera una ocupación indebida del espacio restringido para la entrada y salida de vehículos, y eso tiene consecuencias.

De hecho, la normativa que aplica en España contempla multas de 200 euros por estacionar en un vado, sin importar qué conductor haya cometido la infracción. «La ley no entra en quién es el propietario del vehículo, solo mira si el acceso está obstaculizado o no», reconoce esta abogada.

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Por tanto, si eres el propietario y dejas el coche aparcado en la puerta de tu vado, cualquier agente de tráfico que pase por delante puede dejarte una multa que no tendrás ningún derecho a reclamar.