Ver ciclistas circulando por la carretera es una escena cotidiana que muchos vemos cada día. Sin embargo, hay detalles para quienes utilizan estos vehículos que la Guardia Civil vigila cada vez con más atención, en especial algunos que pueden parecer sin importancia. Y es que circular en bicicleta no exime de cumplir con las normas de tráfico.
Aunque pienses que el Reglamento solo va dirigido a quienes llevan un motor, lo cierto es que existen infracciones que se pueden aplicar a quienes pedalean.
1La bicicleta y el Reglamento General de Circulación
Para la ley española, una bicicleta es un vehículo en toda regla. Esto significa que, aunque no necesites un carnet de conducir para utilizarla, sí estás obligado a conocer y respetar el Reglamento General de Circulación. Muchos ciclistas caen en el error de creer que, al no tener matrícula ni motor, son invisibles para los agentes, o que las normas no son para ellos.
Cuando circulas en bicicleta, eres un usuario más de la vía. Tienes derechos, como que los coches respeten la distancia de seguridad, pero también tienes obligaciones muy claras. El desconocimiento de estas normas no te exime de cumplirlas. La Guardia Civil tiene potestad para sancionarte si detecta que estás poniendo en riesgo tu seguridad o la de los demás, o si ignoras las señales de tráfico que todos los conductores deben seguir.

