Guantes de moto obligatorios desde el 1 de octubre: multa de 200 euros si no los llevas

La obligación se extiende al conductor y al pasajero, con los guantes exigidos solo en vías interurbanas y el calzado cerrado en todo tipo de vías. La homologación concreta de los guantes queda pendiente de una orden ministerial.

Llevar guantes de moto en carretera y calzado cerrado en cualquier vía será obligatorio desde el 1 de octubre. Quien no lo cumpla se expone a una multa de hasta 200 euros, según el Real Decreto 518/2026 que reforma el Reglamento General de Circulación.

Qué cambia exactamente

La reforma distingue entre dos exigencias con ámbitos distintos. La primera afecta a los guantes de protección y se aplica solo cuando se circula por vías interurbanas, es decir, fuera de poblado. Tanto el conductor como el pasajero de motocicletas y ciclomotores deberán llevarlos puestos. La segunda es más amplia: el calzado cerrado es obligatorio en cualquier vía, urbana o interurbana, y también para ambos ocupantes.

Eso significa que las chanclas, las sandalias o cualquier zapato que deje parte del pie al descubierto quedan prohibidos incluso en los desplazamientos más cortos por ciudad. No se exige una bota de motorista concreta, pero el calzado debe cubrir todo el pie, sujetarlo bien y no dejar ninguna zona expuesta.

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La lógica de esta diferencia es sencilla. Las manos están más expuestas en carretera, donde las velocidades son altas, mientras que los pies necesitan protección en cualquier situación: una caída a baja velocidad o el propio peso de la moto sobre el pie pueden provocar lesiones graves. Para quien usa la moto a diario, unas zapatillas técnicas de aspecto urbano resuelven el problema sin renunciar a la estética.

En ciudad los guantes siguen siendo opcionales, pero el calzado cerrado ya no admite ninguna excepción.

Con los guantes conviene revisar tres cosas antes de arrancar el motor:

  • Que cubran bien la muñeca y no se queden cortos.
  • Que las costuras estén reforzadas y en buen estado.
  • Que el material resista la abrasión, no solo el frío.

Cuánto cuesta la multa y a quién se aplica

No llevar guantes en vía interurbana o calzado cerrado en cualquier vía se considera infracción grave, con una sanción de 200 euros. La cifra se queda en 100 euros si se abona en los 20 días naturales siguientes, gracias al descuento por pronto pago.

Al ser una norma estatal, se aplica en toda España por igual y no depende de la ciudad. Puedes consultar las normas de circulación vigentes en la web oficial de la DGT. Eso sí, dentro de un casco urbano circular sin guantes no será sancionable; con chanclas o sandalias, sí.

La misma sanción de 200 euros se aplica a los repartidores que no lleven puesto el chaleco reflectante durante su jornada laboral. Es una exigencia que afecta a quienes trabajan con motocicletas, ciclomotores, bicicletas o vehículos de movilidad personal.

Qué queda pendiente y otras novedades de la reforma

Una de las dudas más repetidas es si habrá que comprar guantes homologados antes del 1 de octubre. La respuesta es no, al menos de momento. La orden ministerial que fijará los requisitos técnicos todavía no existe, así que la DGT admite guantes de protección de características similares a los que ya usa la mayoría del colectivo motero. La previsión apunta a la norma europea EN 13594, que regula la resistencia a la abrasión y la protección de los nudillos.

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Para quienes utilizan la moto para ir a trabajar, la planificación es algo mayor, sobre todo si hay que vestir de una forma concreta al llegar al destino. Guardar los guantes bajo el asiento o en el baúl, junto al casco, ayuda a incorporarlos a la rutina y evita olvidos de última hora.

La reforma incluye otras medidas con calendarios propios. Las motos podrán circular por el arcén derecho durante las retenciones, pero solo en los tramos señalizados y a un máximo de 30 km/h, en columna de a uno y sin poner en riesgo a las bicicletas o a los vehículos averiados. El chaleco reflectante deberá ir a bordo en todas las motos, y los repartidores tendrán que llevarlo puesto mientras trabajan. Los cascos homologados según la ECE 22.06 para ciclomotores no serán exigibles hasta el 1 de octubre de 2027, un año después que el resto de medidas.

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En varios países europeos la obligación de guantes homologados ya lleva tiempo en vigor, y España se suma ahora con un calendario que da margen para adaptar el equipo. El próximo hito será la publicación de la orden ministerial que concrete la homologación. Hasta entonces, basta con comprobar que los guantes cubren bien la mano y que el calzado sujeta el pie sin holguras. La moto mantiene su agilidad y su facilidad para aparcar, pero desde octubre exige un equipamiento mínimo tan obligatorio como el casco.