Conducir a 200 km/h: multa de 600 euros y 6 puntos cuando tres radares DGT te cazan en un solo día

Un conductor recorrió más de 700 kilómetros en un solo día a velocidades de hasta 242 km/h, activando radares en Lugo, Zamora y Jaén. La Guardia Civil ya ha impuesto sanciones administrativas y el caso puede conllevar penas de prisión por delito contra la seguridad vial.

Circular a 242 kilómetros por hora en una autovía donde el límite es de 120 no es un simple exceso de velocidad. Es una temeridad que, cuando se repite tres veces en 700 kilómetros y en el mismo día, se convierte en un caso de libro para la Guardia Civil de Tráfico. Así lo han puesto de manifiesto los agentes del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) de Málaga, que han reconstruido la ruta de un conductor que el pasado 21 de febrero de 2026 activó las cámaras de tres radares fijos: As Nogais (Lugo), Benavente (Zamora) y Despeñaperros (Jaén).

El viaje temerario: 700 kilómetros a más de 200 km/h

El trayecto comenzó en la montaña lucense. A las 14:10 horas, el radar del kilómetro 450 de la A-6, a la altura de As Nogais, fotografió al vehículo a 242 km/h en un tramo limitado a 120. Lejos de aminorar, el mismo coche reapareció horas después en Benavente (Zamora): otro radar fijo lo captó a 232 km/h en el kilómetro 0 de la misma autovía. Finalmente, la imprudencia culminó en la provincia de Jaén. El cinemómetro del Puerto de Despeñaperros, en la autovía A-4, lo registró a 235 km/h en una zona con límite de 100 km/h. En total, más de 700 kilómetros recorridos en un tiempo récord, duplicando con creces la velocidad máxima en cada punto de control.

Los investigadores del GIAT —perteneciente al Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Málaga— califican la conducta como un patrón de conducción temeraria y un menosprecio absoluto por las normas. No se trataba de un despiste puntual: fue un encadenamiento de excesos que, además de la sanción administrativa por cada uno, convierte la acción en un delito contra la seguridad vial.

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De infracción a delito: lo que dice el Código Penal

El artículo 379.1 del Código Penal establece una línea muy clara: superar en más de 80 km/h la velocidad permitida en vías interurbanas deja de ser una falta administrativa para convertirse en un delito. Como los tres excesos sobrepasaron ese umbral —242 en lugar de 120, 232 en lugar de 120 y 235 en lugar de 100—, el conductor se enfrenta a consecuencias penales que van mucho más allá de una multa de tráfico.

Según el texto vigente del Código Penal, las penas posibles son:

  • Prisión de tres a seis meses.
  • Multa económica de seis a doce meses (la cuantía diaria la fija el juez).
  • Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días como alternativa a la cárcel.
  • Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un periodo de uno a cuatro años.

Además, al tratarse de un delito continuado —varias acciones similares en un lapso breve—, la Fiscalía de Seguridad Vial podría solicitar que la pena se imponga en su mitad superior. Es decir, la condena podría ser considerablemente más grave que la de un único exceso puntual.

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Fuente: DGT

Cómo se han aplicado ya las sanciones administrativas

Mientras avanza la investigación penal, la Guardia Civil de Tráfico ya ha impuesto la sanción administrativa correspondiente a cada uno de los tres excesos. Cada fotografía del radar supuso una multa de 600 euros y la detracción de 6 puntos del carné de conducir. En total, al conductor se le han notificado 1800 euros de sanción y la pérdida de 18 puntos, lo que implica la retirada inmediata del permiso por vía administrativa mientras se resuelve la parte penal.

Cabe recordar que, en estos casos, el pago voluntario con pronto pago (que reduce la cuantía a la mitad) no elimina la responsabilidad penal si el juez considera que hubo delito. El conductor podría verse en la tesitura de pagar las multas de tráfico y, a continuación, enfrentarse a un juicio con penas de cárcel.

Superar en más de 80 km/h un límite interurbano no es una multa de tráfico: es un delito que puede acabar con el carné retirado y meses de cárcel.

El contexto: otros casos y lo que se espera de la justicia

No es el primer conductor que acaba investigado por una cadena de excesos de velocidad detectada por radares de la DGT. La jurisprudencia menor ha ido consolidando el criterio de que el delito continuado se aprecia cuando hay unidad de propósito, como parece claro en este trayecto de noroeste a sureste. En casos similares, los tribunales han impuesto penas de varios meses de cárcel y retiradas del carné cercanas a los cuatro años.

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La DGT recuerda en sus campañas que los radares fijos están conectados al sistema EstraDA, lo que permite cruzar datos casi en tiempo real. Si un vehículo dispara varios cinemómetros en un intervalo corto, el sistema salta las alertas y los GIAT investigan si existe un patrón temerario. La tecnología, en este caso, ha permitido reconstruir una conducta que los agentes califican de “absoluto desprecio” por la seguridad vial.

Ficha de la Multa

  • A quién afecta: A cualquier conductor que circule por vías interurbanas y supere en más de 80 km/h el límite de velocidad, activando varios radares en un corto espacio de tiempo.
  • Cifras a tener en cuenta: 600 euros y 6 puntos por cada exceso captado por un radar. Si se superan los 80 km/h de margen, se añaden penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses y retirada del carné de 1 a 4 años.
  • Consejo para evitarlo: Respetar los límites de velocidad en todo momento, especialmente en autovías y autopistas, y ser consciente de que los radares están interconectados: encadenar varios excesos convierte una infracción de tráfico en un delito penal.