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¿Si circulo con un retrovisor roto, me puede multar la DGT?

En la ultima campaña sobre el estado optimo de los vehículos que la DGT ha realizado en las carreteras españolas, se prestaba especial atención a los elementos y componentes que ayudan y aseguran una conducción correcta. Entre estos están los espejos retrovisores. Los espejos nos aportan toda la información del trafico en rededor nuestro a la que visualmente no podemos acceder de manera directa.

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Espejo roto, ¿Cuál y cuanto?

Retrovisor derecho roto y descolgado, multa

En definitiva, y teniendo claro que los espejos obligatorios se reducen a dos, en el caso de llevar tres, es decir ambos lados e interior, los que siempre deben permanecer en perfecto estado son los principales. El izquierdo, siempre especialmente, y el interior.

La combinación es sencilla pero hay que tener en cuenta para evitar la multa que, en ningún caso el desperfecto de los espejos suponga peligro para otros usuarios de la vía, es decir podrías llevar el espejo derecho roto y descolgado. Esa mala sujeción supone un riesgo que es multado por los agentes de trafico como no llevarlo, mejor quítalo.

En resumen, conducir con un espejo roto y ser multado por ello, es posible. Pero como ves va a depender de la situación, del espejo y del agente, ya que también la deficiencia puede ser leve y la funcionalidad del retrovisor quizás no este comprometida.

En cualquier caso si nos multan por estos defectos se considera falta grave y la multa asciende a 200 euros sin detracción de puntos en el carnet de conducir.

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