Llevar gafas de repuesto en el coche no es obligatorio desde 1997, pero circular sin las del carnet cuesta 200 euros. Es una de esas dudas que vuelven cada cierto tiempo a la bandeja de entrada: ¿me pueden multar por no llevar un segundo par en la guantera? La respuesta corta es no, aunque conviene entender por qué y qué es lo que sí se sanciona.
El Reglamento General de Conductores (RGC) es el texto que regula qué necesitas para conducir y cómo debes hacerlo. Y ahí está la clave: lo que te obliga no es cargar con unas gafas de más, sino conducir con la corrección visual que figura apuntada en tu permiso.
El origen del mito: una multa de 2.500 pesetas que ya no existe
La norma existió de verdad. Durante los años 80 y 90, no llevar un par de gafas de repuesto en la guantera era motivo de sanción si las necesitabas para conducir. Se trataba de una infracción leve y la multa ascendía a 2.500 pesetas, el equivalente a unos 15 euros de hoy sin contar la inflación, que en términos relativos la dejaba bastante más cara.
Aquello desapareció en 1997, con la aprobación de un nuevo Reglamento General de Conductores. El motivo fue tan simple como la llegada masiva de las lentillas: la DGT consideró que carecía de sentido exigir un segundo par de gafas cuando el conductor podía corregir su visión de otra forma. Desde entonces, la obligación de llevar repuesto dejó de estar en la letra de la ley.
Qué exige la ley hoy: los códigos 01.01, 01.02 y 01.06
Ahora lo que manda es la agudeza visual. Si tu visión binocular no llega al mínimo legal, fijado en 0,5, estás obligado a conducir con gafas o lentillas. Eso se refleja en el reverso de tu permiso mediante el código 01, que indica que necesitas corrección y de qué tipo.
No es obligatorio llevar un repuesto en la guantera, pero sí conducir con la corrección que marca tu carnet: ahí es donde aparece la multa de 200 euros.
Los códigos concretos son tres: 01.01 cuando la corrección obligatoria es con gafas, 01.02 cuando es con lentillas y 01.06 cuando sirve cualquiera de los dos métodos. Lo importante es esto: si aparece uno de ellos en tu carnet, circular sin el elemento indicado es una infracción grave de 200 euros, aunque no conlleva retirada de puntos.
Ojo a un matiz que se confunde mucho: la multa no llega por no llevar gafas de repuesto, sino por no llevar puestas las que te corresponden. La diferencia importa, porque muchos conductores creen que se les está sancionando por algo que la ley no exige.
La base legal está en el artículo 3 del Reglamento General de Conductores. El texto es claro: el titular de un permiso deberá conducir con sujeción a las menciones, adaptaciones, restricciones y otras limitaciones que figuren en su carné. Traducido al día a día: si tu carnet dice que llevas gafas, las llevas. Y si te paran sin ellas, la sanción se sostiene.
Gafas de repuesto: lo que conviene tener claro antes de un control
La confusión con las gafas de repuesto se parece mucho a la de conducir con chanclas: ni una ni otra están prohibidas por sí mismas, pero se mezclan con normas que sí existen. En el caso de la corrección visual, lo que de verdad se vigila en un control es que el conductor cumpla la restricción de su permiso, no que lleve un segundo par guardado en la guantera.
Ese detalle cobra más sentido ahora, con la DGT inmersa en una reforma amplia de la normativa. El Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE el pasado 26 de junio, introduce cambios que entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026, desde nuevas reglas de adelantamiento hasta limitaciones para los Vehículos de Movilidad Personal. Nada de eso toca los códigos del carnet, pero sí recuerda lo importante que es tener el permiso y sus condiciones al día.
Así que la recomendación es sencilla. Mira el reverso de tu carnet: si aparece el código 01.01, guarda un repuesto en la guantera aunque la ley no te lo exija, porque un par roto o extraviado te deja tirado. Si llevas 01.02, comprueba que tus lentillas van contigo.
Y si te paran sin la corrección indicada, no hay mucho margen: la multa es de 200 euros y se sostiene. Apunta la fecha del 1 de octubre, porque con la reforma en marcha conviene tener la vista y los papeles en regla.
Ficha de la Multa
- A quién afecta: a cualquier conductor cuyo permiso incluya el código 01 (01.01 gafas, 01.02 lentillas o 01.06 ambos) por no alcanzar la agudeza visual mínima de 0,5.
- Cifras a tener en cuenta: 200 euros de multa por circular sin la corrección indicada, considerada infracción grave y sin retirada de puntos. Llevar un repuesto no es obligatorio desde 1997.
- Consejo para evitarlo: revisa el reverso de tu carnet, lleva siempre la corrección que figure y guarda un par adicional aunque la ley no lo exija.

